REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 22 de Noviembre de 2018
208° y 159º
Vista la solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria y Ambiental, presentada en horas de despacho del día 19 de Noviembre de 2018; por el ciudadano ORLANDO GERMAN DIAZ ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.142.548, en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA EL MANA, C.A protocolizada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 29 de Noviembre de 2007, bajo el Nº 29, tomo 20-a, propietaria del Fundo EL CEDRAL; debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio FRANK ORTIZ TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.022, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE dicha solicitud, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta dicha pretensión, estima este Juzgado necesario realizar una Inspección Judicial, en el lote de terreno denominado “EL CEDRAL”, ubicado en la Parroquia San Silvestre, sector El Toreño, Municipio Barinas estado Barinas, cuyos linderos particulares son; NORTE: Vía de Penetración; SUR: Caño Morrocoy y Terrenos de la Agropecuaria 3.93 SA; ESTE: Terrenos de la Agropecuaria 3.93 S.A., y OESTE: Vía de Penetración. En consecuencia, se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día Lunes 26 de Noviembre del 2.018, a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), en el predio objeto de la solicitud; En este sentido, se ordena oficiar a la Fiscalía del Llano en el sentido designe un (01) funcionario para que acompañe al Tribunal en el referido traslado. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los Veintidós (22) días del mes de Noviembre de 2018.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz El Secretario Acc.
Abg. Víctor Valero
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
El Secretario Acc.
Abg. Víctor Valero
LED/VV/rivero
Exp. Nº 5661-18