REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 27 de Septiembre de 2018
208º y 159º

Vista la diligencia presentada el 10/08/2018, por el Apoderado Judicial, JOSE DE LOS SANTOS MONTILLA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.268.923 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.486, apoderada judicial de la parte demandante en la presente causa el ciudadano ENDER XIOMAR LUGO, ambos plenamente identificados en autos, mediante la cual solicitó lo siguiente:
“(…) Solicito se Ordene la Ejecución Forzosa de la Sentencia del Presente caso (…) Y en virtud de que ya el tribunal agrego en fecha 9 del mes de julio de 2018, informe técnico emitido por el Instituto Nacional de Tierra (INTI). Mi asistido posee un Instrumento de carácter agrario como lo es el Titulo de Adjudicación Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario Vigente para el día de hoy (…) estamos en presencia de Tierras de Vocación Agrícola considerada de suelo clase IV orientadas a la producción Agrícola Vegetal tales como Rubros de Raíces y Tubérculos, y los demandado en autos han hecho caso omiso de una medida Cautelar de Prohibición que pesa sobre el lote de terreno y han continuado efectuando construcciones en desacato Flagrante a la decisión emitida por parte del Tribunal (…)” (Cursivas de este Juzgado Agrario).

En consecuencia, esta Instancia Agraria ordena el cumplimiento Forzoso de la decisión dictada el 07/03/2016 (Folios 150 al 175, Pieza Nº 03), y visto que la misma fue declarada definitivamente firme con el carácter de cosa juzgada. Asimismo, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y se ordena fijar para el día lunes 15-10-18 la celebración de la ejecución forzosa, a las diez de la mañana (10:00 a.m.); en el lote de terreno denominado la Reina 380, ubicado en el Sector las Morochas, Municipio San Diego del estado Carabobo. En éste sentido, se ordena oficiar a la Oficina Regional de Tierras (ORT-CARABOBO), ente adscrito al Instituto Nacional de Tierras (INTI), a fin de solicitar su colaboración, para asignar a un (01) práctico (Ingeniero Agrónomo con un GPS Garmin) adscrito a dicha Institución, a los fines de prestar asesoría técnica. Así se decide.
El Juez

ABG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ

La Secretaria Accidental

ABG. MELREDITH SACRISTE

EXPEDIENTE Nº JAP-183-2016.-
JGRG/MS/rr-