REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 28 de Septiembre de 2018
208º y 159º

ASUNTO: GP02-L-2016-001609

Por cuanto fui designada como Juez Provisorio de este Juzgado por la Comisión Judicial según Oficio N° TSJ-CJ-N° 2227-2018, de fecha 10 de Julio de 2018, anotada en el Acta N° 10-2018, y habiendo prestado Juramento de Ley, me aboco al conocimiento del presente asunto.

De la revisión efectuada al expediente se observa que cursa al folio 20, diligencia de fecha 14 de marzo de 2017, suscrita por el alguacil ALEJANDRO MOLINA, donde deja constancia de haber publicado en cartelera del Tribunal boleta de notificación dirigida al ciudadano EDWIIS ANTONIO CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.608.033, parte actora en la presente causa, boleta contentiva del despacho saneador que se ordeno con ocasión a la demanda que por cobro de BENEFICIOS LABORALES incoare contra la entidad de trabajo TRANSPORTE CATS, C.A., lo cual se acordó se publicara en Cartelera del Tribunal, ante la imposibilidad de ubicar el domicilio del actor.

En consecuencia de lo expuesto y visto que transcurrieron con creces los dos (2) días hábiles que se le concedieron al actor para subsanar su libelo, luego de constar en autos la fijación de la notificación ordenada en cartelera, se declarará la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, conforme a lo previsto en el Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y así se decide.

La Juez

Lisbeth Gutiérrez Piña

Secretario (a)