REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 11 de Enero de 2019
208° y 159º
Vista la solicitud de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CERTEZA DE PROPIEDAD AGRARIA, presentada en horas de despacho del día 08 de Enero de 2019; por la abogada Roselvi Coromoto Camacho de Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.234.018, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 185.041; con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Gilberto Ramírez Bejarano y María Nivia Oviedo de Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos V- 24.8998.813 y V-29.774.969, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, sobre el lote de terreno denominado “SANTA RITA Y CURAZAO”, ubicada en el Sector; Caroni Alto, Parroquia; Toruno, Municipio; Barinas del Estado Barinas; cuyos linderos particulares son; NORTE: Carretera Barinas- Toruno; SUR: Terrenos que son o Fueron Ocupados por Hato Caroni y Fundo San Rafael; ESTE: Terrenos que o fueron Ocupados por el Ciudadano Wido Marrelis, Fundo San Rafael y Vía de Penetración y Terrenos que son o fueron Ocupados por Tito López y la Finca Mata e Tranquero; Este Tribunal ADMITE a sustanciación cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; en consecuencia se ordena librar cartel de Notificación a los terceros interesados sobre la solicitud planteada, la cual será fijada en la Cartelera del Tribunal y asimismo, publíquese en el diario “De los Llanos” de esta localidad, por una única vez de conformidad a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los (11) días del mes de Enero de 2019.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz El Secretario Accidental.
Abg. Víctor Valero
LED/VV/NM
EXP. Nº 5667-19
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