JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 08 de Enero de 2019
208º y 159º
EXPEDIENTE Nº 0087-18


Mediante escrito presentado ante este Tribunal Superior, en fecha (18) de diciembre de dos mil diecisiete 2018, el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, debidamente asistido por el abogado José Gregorio Zerpa Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 134.276, interpuso Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar, contra el Cuerpo de la Policía del Nacional Bolivariana.

Corresponde a esta Juzgadora pronunciarse previamente acerca de su competencia para conocer y decidir la querella interpuesta, y al respecto se observa de la revisión de las actas que conforman el expediente, que la presente causa deviene de la relación funcionarial entre el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, y el Cuerpo de la Policía del Nacional Bolivariana, asunto éste que encaja en la competencia que le es hoy atribuida a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo, en los artículos 1 y 93, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en los artículos 25, numeral 6 y 31, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; de allí que este Tribunal es competente para conocer y decidir el caso bajo análisis, y así se decide.

Seguidamente corresponde verificarse la admisibilidad del recurso interpuesto, conforme a lo previsto en el artículo 98, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y en tal sentido, se constata que la presente demanda no se encuentra incursa en ninguna causal de inadmisibilidad, razón por la cual este Tribunal Superior, ADMITE la misma, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Siendo así, se ordena citar mediante oficio al ciudadano Procurador General de la República, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 eiusdem, comparezca ante este Juzgado Superior a dar contestación a la querella, dentro de un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, la cual se entenderá consumada una vez transcurran quince (15) días hábiles, contado dicho lapso a partir del día siguiente a que curse en el expediente las resultas de la última formalidad cumplida; remítasele anexas copias fotostáticas certificadas del escrito libelar y del presente auto, así como, copia simple de los anexos del recurso.

Asimismo, se acuerda notificarle y solicitarle al Director General de la Policía Nacional Bolivariana, los antecedentes administrativos del caso, debiendo constar los mismos en copias fotostáticas certificadas, debidamente foliadas en letras y números, a tal efecto, se le concede un lapso de quince (15) días hábiles, contados a partir que conste en autos su notificación. Notifíquese al ciudadano Ministro del Poder Popular Para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Y al Consejo Disciplinario de los Cuerpos de Policía de la Entidad Territorial del Estado Barinas. Anéxeseles copias fotostáticas certificadas del libelo de demanda y del presente auto.

En esta misma oportunidad se acuerda librar los oficios correspondientes a la citación y notificaciones, los cuales serán remitidos una vez que la parte actora consigne los fotostatos necesarios. Para ello se autoriza al ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior.
EL JUEZ SUPLENTE,

RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO
LA SECRETARIA.

JUANA YOLANDA GUTIERREZ.
RAR/yg/ya










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
BARINAS, 08 de Enero de 2019
208º y 159º

ASUNTO: 0087-2018
Oficio Nº ________
Ciudadano:
Director Nacional del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela
Su Despacho:

Me dirijo a usted a fin de notificarle que este Tribunal por Auto dictado en fecha 08 de enero de 2019, relacionado con el asunto Nº 0087-2018, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar, intentada por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana de Venezuela, ADMITIÓ a sustanciación la presente acción cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN


RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO
EL JUEZ SUPLENTE,

RAR/yjr/ya.-
Exp. 0087-2018.
Anexo: lo indicado
___________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónicocontencioso.adm.barinas@gmail.com





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
BARINAS, 08 de Enero de 2019
208º y 159º

ASUNTO: 0087-2018
Oficio Nº ________
Ciudadano:
Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
Su Despacho:
Me dirijo a usted a fin de notificarle que este Tribunal por Auto dictado en fecha 08 de enero de 2019, relacionado con el asunto Nº 0087-2018, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar, intentada por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana de Venezuela, ADMITIÓ a sustanciación la presente acción cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN


RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO
EL JUEZ SUPLENTE,

RAR/yjr/ya.-
Exp. 0087-2018.
Anexo: lo indicado
___________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónicocontencioso.adm.barinas@gmail.com




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
BARINAS, 08 de Enero de 2019
208º y 159º


ASUNTO: 0087-2018
Oficio Nº ________
Ciudadano:
CONSEJO DISCIPLINARIO DE LOS CUERPOS DE POLICÍA DE LA ENTIDAD TERRITORIAL DEL ESTADO BARINAS.
Su Despacho:
Me dirijo a usted a fin de notificarle que este Tribunal por Auto dictado en fecha 08 de enero de 2019, relacionado con el asunto Nº 0087-2018, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar, intentada por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana de Venezuela, ADMITIÓ a sustanciación la presente acción cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
DIOS Y FEDERACIÓN

RAMON ALONZO RIVERO BRICEÑO
EL JUEZ SUPLENTE,
RAR/yjr/ya.-
Exp. 0087-2018.
Anexo: lo indicado
___________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónicocontencioso.adm.barinas@gmail.com





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
BARINAS, 08 de Enero de 2019
208º y 159º

ASUNTO: 0087-2018
Oficio Nº __________
Ciudadano:
Procurador General de la República
Su Despacho:
Me dirijo a usted a fin de notificarle que este Tribunal por Auto dictado en fecha 08 de enero de 2019, relacionado con el asunto Nº 0087-2018, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Amparo Cautelar, intentada por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana de Venezuela, acordando su citación a los fines de que de contestación a la demanda dentro de un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, la cual se entenderá consumada una vez transcurra quince (15) días hábiles, mas seis (06) días continuos como termino de distancia.
DIOS Y FEDERACIÓN

RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO
EL JUEZ SUPLENTE,


RAR/yjr/ya.-
Exp. 0087-2018.
Anexo: lo indicado

Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónicocontencioso.adm.barinas@gmail.com






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
AL
JEFE DE LA UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS DE LOS TRIBUNALES DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Que ha sido comisionado suficientemente por este Tribunal Superior, para hacer entrega de los oficios de notificación dirigidos a los ciudadanos Procurador General de la República, Director Nacional del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela y Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el Asunto Nº 0087-2018, contentivo de la Demanda de Nulidad, interpuesta por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela. Se le anexa tres (03) oficios.
Que se le confiere la facultad de comisionar a otro Tribunal, en caso que no puedan efectuar dicha notificación.
Que se le conceden seis (06) días como término de distancia.
Que cumplida la comisión, deberá devolver el despacho, con sus resultas a este Tribunal Superior.
Dada, firmada y sellada en la Sala de los Continuos del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en Barinas a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019). Años: 207º y 158º.
EL JUEZ SUPLENTE

RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO.
LA SECRETARIA,

JUANA YOLANDA GUTIERREZ.
En la misma fecha se remite el presente despacho al Juzgado Comisionado con oficio Nº _____, quedando anotada su salida bajo el Nº ______. Conste.
RAR/yjr/ya.-
Exp. Nº 0087-2018.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN LOS ANDES
Barinas, 08 de enero de 2019
207° y 158°

OFICIO Nº _______
Ciudadano:
Jefe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Anexo al presente oficio remito a usted, Despacho, a fin de hacer entrega de los oficios de notificación dirigidos a los ciudadanos Procurador General de la República, Concejo Disciplinario de los Cuerpos de Policía del Estado Barinas Director Nacional del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela y Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el Asunto Nº 0087-2018, contentivo de la Demanda de Nulidad, interpuesta por el ciudadano Federico Antonio Mejias Mena, titular de la cédula de identidad Nº V-23.557.298, contra el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de Venezuela.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,


RAMON ALONSO RIVERO BRICEÑO.
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.

RAR/yjr/ya.-
Exp. N° 0087-2018

Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
Número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónicocontencioso.adm.barinas@gmail.com