Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, 20 de Febrero de 2019
208º y 159º

EXP. 0095-2019

Mediante escrito presentado ante este Tribunal Superior, en fecha siete (15) de febrero de dos mil diecinueve (2019), el ciudadano OMAR EULICES AREVALO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.142.530, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.076, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial, contra el CONSEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.

Corresponde a esta Juzgadora pronunciarse previamente acerca de su competencia para conocer el presente asunto, y al respecto se observa que el caso de autos se trata de una querella funcionarial, con ocasión del egreso de un funcionario del Concejo Municipal del Municipio Barinas del Estado Barinas; asunto éste que encaja en la competencia que le es hoy atribuida a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo, de allí que este Tribunal es competente para conocer y decidir el caso bajo análisis, y así se decide.

Siendo la oportunidad para que este Órgano Jurisdiccional se pronuncie sobre la admisión de la querella, se pudo constatar, por remisión expresa de lo previsto en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, que la misma no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad, razón por la cual este Tribunal Superior la admite, en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. En tal sentido, cítese al ciudadano Síndico Procuradora del Municipio Barinas del Estado Barinas, para que comparezca ante este Juzgado Superior a dar contestación a la querella, dentro de un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, contados a partir que conste en autos las resultas de su citación, remítansele, copias fotostáticas certificadas del libelo y del presente auto de admisión, y en copias simples los anexos de la querella. Asimismo se acuerda notificar de la admisión y solicitarle al ciudadano Presidente del Concejo Municipal del Municipio Barinas del Estado Barinas, los antecedentes administrativos del caso, los cuales deberán ser remitidos a este Tribunal Superior, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles; contados a partir que conste en autos su notificación, debiendo constar dichos antecedentes en forma original o en copias fotostáticas debidamente certificadas y foliadas; notifíquese a la ciudadana Alcaldesa del Municipio Barinas del Estado Barinas, anéxesele copia certificada del escrito libelar y del presente auto.

En esta misma oportunidad se acuerda librar los oficios correspondientes a la citación y notificación, los cuales serán remitidos una vez que la parte actora consigne los fotostatos necesarios. Para la elaboración de los fotostatos se autoriza al ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior.
LA JUEZA PROVISORIA,


MORALBA DEL VALLE HERRERA.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


MARIA SUSANA GUTIERREZ.




MH/msg/ya.
Exp. Nº 0095-2019.-






















Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, 20 de Febrero de 2019
208º y 159º

EXP. 0095-2019

Nº- .-
CIUDADANA:
SINDICO PROCURADORA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS
SU DESPACHO.-

Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (19/02/2019), ADMITIÓ el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano OMAR EULICES AREVALO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.142.530, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.076 contra el CONCEJO DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS, y acordó su citación, a los fines que comparezca ante este Juzgado a dar contestación de la querella, la cual deberá llevarse a cabo dentro del lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, remítasele copia certificada del libelo de la demanda, auto de admisión, y en copia simple los anexos de la demanda.
Citación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION,


MORALBA DEL VALLE HERRERA.

JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.

MH/msg/ya.
Exp. Nº 0095-2019.-
Anexo: lo indicado

______________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónico contencioso.adm.barinas@gmail.com











Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, 20 de Febrero de 2019
208º y 159º

EXP. 0095-2019


Nº ________.-
CIUDADANO:
PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.
SU DESPACHO.-

Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (19/02/2019),
MORALBA DEL VALLE HERRERA
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.

MH/msg/ya.
Exp. Nº 0095-2019.-
Anexo: lo indicado.-

______________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónico contencioso.adm.barinas@gmail.com





Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, 20 de Febrero de 2019
208º y 159º

EXP. 0095-2019


Nº- .-
CIUDADANA:
ALCALDE DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.
SU DESPACHO.-

Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (19/02/2019), ADMITIÓ la demanda del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesta por el ciudadano OMAR EULICES AREVALO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.142.530, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.076 contra el CONCEJO DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS, y acordó su notificación a los fines de que tenga conocimiento de la interposición y admisión de la presente demanda. Remítase anexo copia certificada del escrito de la demanda y del auto de admisión.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes
DIOS Y FEDERACION,

MORALBA DEL VALLE HERRERA
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.

MH/msg/ya.
Exp. Nº 0095-2019.-
Anexo: lo indicado

______________________________________________________________________
Palacio de Justicia, Av. Cuatricentenaria al lado de Corpoelec, Barinas Estado Barinas,
número de Teléfono 0273-5464611, correo electrónico contencioso.adm.barinas@gmail.com