REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 09 de Julio de 2019
209° y 160º
Vista el escrito de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA, presentada en horas de despacho del día 03 de Julio de 2019; por el abogado JESÚS ALEXANDER USECHE DUQUE, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.074, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Gregorio Fernández Saavedra, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.130.499, en contra del ciudadano EDWIN GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.187.481. En consecuencia este Tribunal ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; Se ordena citar a la parte demandada para que comparezca por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación conforme a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y media de la mañana (8:30 a.m.) a una de la tarde (1:00 p.m.); a los fines que proceda a dar contestación a la demanda incoada en su contra.
Asimismo, se insta a la parte demandante a suministrar los emolumentos necesarios para la elaboración de la compulsa de ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los nueve (09) días del mes de Julio de 2019.
El Juez,
Abg. Luís Ernesto Díaz
El Secretario Accidental
Abg. Víctor Valero

En la misma fecha, Once y treinta (11:30 Am.) se publicó y registró la anterior decisión. Conste.
El Secretario Accidental
Abg. Víctor Valero
Exp. Nº JA1B-5.689-19
LED/VV/NB