REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 04 de Agosto 2021.
211 y 162º
Visto el anterior escrito presentado por el abogado Abraham José Holguin Noguera, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 23.037.838, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 235.618, apoderado judicial de la ciudadana Melissa Karina Rosales Molina, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.491.913, constante de tres (03) folios útiles, anexos en un (01) folios útiles, agréguense al expediente.
Este Tribunal Superior señala que en relación a las pruebas documentales promovidas marcadas 1; 2; 3; 4; 5; 6; 7; 8; y 1 marcada “A”, se admiten por no ser contraria a derecho ni a ninguna disposición legal, salvo su apreciación o no en la definitiva. (ASÍ SE DECIDE)
La Jueza
Abg. Maryelis Duran
La Secretaria Temporal
Abg. Amalia Hernández
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
La Secretaria Temporal
Abg. Amalia Hernández
Exp. Nº 2021-1768
DVM/AH/yyth.-
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