REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas
Barinas, Veintidós ( 22) de febrero de 2.021

Años, 210º y 161º

EXPEDIENTE Nº EP21-S-2019-000454.-

SOLICITANTES NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.917.024, de este domicilio de la ciudad de Barinas Estado Barinas.


MOTIVO
DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.

DECRETO


MATERIA
CIVIL


Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Único y Universal Heredero, interpuesta por el ciudadano: NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.917.024, de este domicilio de la ciudad de Barinas Estado Barinas, debidamente asistido por el abogado en ejercicio FRANKLIN JOSÉ GUERRERO CADEVILLA , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 209.849, en condición de hijo de la de-Cujus TONITA GONZALEZ DE PEREZ, quien fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.981.658; mediante la cual solicita le sea declarado como Único y Universal Heredero de la Causante ut supra, quien falleció Ab-intestato, el día diecinueve (19) de Enero de 2.019, en el Hospital Dr. Luís Razetti del Estado Barinas, según consta en el Acta de Defunción Nº 39, emitida por la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas Estado Barinas. A fin de la comprobación de tal cualidad promovió como testigos a las ciudadanas ZULMA JOSEFINA LARA y CLARA MIREYA JARAMILLO LECUMBERRE, quienes declararon acerca de la veracidad de los hechos narrados en el escrito de solicitud, finalmente solicitaron que una vez cumplidos los extremos de Ley establecido, se sirva este Tribunal declarar como Único y Universal Heredero al ciudadano NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ; antes identificado…………………………………………………………………………………..

Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada y fue admitida tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que, cumplidos los requisitos no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de las testigos que presentó la parte interesada………..................................................

Consta en autos copias simples de las cédulas de identidad del solicitante NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ, y de la de-Cujus, plenamente identificada, Acta de Defunción Nº 39 de fecha 19/01/2019 de la causante TONITA GONZALEZ DE PEREZ, asentada en la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas Estado Barinas, así como Acta de defunción Nº 169 de fecha 04/11/2003 del cónyuge de la de-Cujus ciudadano ANDRÉS RAFAEL PÉREZ, Acta de Nacimiento de NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ, emitida por el Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil Electoral del Estado Anzoátegui ;Municipio Independencia, del Registro Civil Municipal, Documentos estos que demuestran que el ciudadano antes mencionado, es el Único y Universal Heredero de la referida causante. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado las ciudadanas ZULMA JOSEFINA LARA y CLARA MIREYA JARAMILLO LECUMBERRE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.718.879 y 3.917.023; en su orden, de este domicilio, respectivamente, testigos promovidas por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud……………………………………………………………………………….

Por auto de fecha 09 de diciembre de 2.019 se admitió la presente solicitud, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Cartel de Emplazamiento para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que, cumplidos los requisitos no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentó la parte interesada…………………….......

Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 936 en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano NELSON ALBERTO PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.917.024, de este domicilio de la ciudad de Barinas Estado Barinas, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la Causante: TONITA GONZALEZ DE PEREZ, quien fuere venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 1.981.658; vocación hereditaria que le viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículo 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas……………………………………………………………………………………….

La Jueza,

Abg. Sarath Theresa Cárdenas Márquez.
La Secretaria,

Abg. Lena Torres.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de treinta y seis (36) folios. Conste.

La Secretaria,

Abg. Lena Torres.