REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, nueve de julio de dos mil veintiuno
210º y 161º
ASUNTO: EP11-L-2008-000174
ACTA
Demandantes: Ciudadanos José Azarías Leal Paredes, Carlos Alberto Adames Bastidas y Julián Rojas Rivas, titulares de las cédulas de identidad números V.-9.382.993, V.-9.264.272 y V.-3.593.683, representados por la abogada Yurelis del Valle Velásquez Tineo, titular de la cédula de identidad número V.-7.068.984 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 56.968.
Demandada: C. A. Hidrológica de la Cordillera Andina-Barinas (Hidroandes Barinas), representada por el abogado José Roberto Berríos, titular de la cédula de identidad número V.-17.659.208 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 129.498.
Motivo: Cobro de prestaciones y otros conceptos laborales.
En el día de hoy, nueve de julio de dos mil veintiuno (09/07/2021), a las nueve horas de la mañana (09:00 a. m.), oportunidad para celebrar la audiencia preliminar inicial conforme a lo establecido en el artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de los demandantes, ciudadanos José Azarías Leal Paredes, Carlos Alberto Adames Bastidas y Julián Rojas Rivas, quienes no se presentan ni por sí ni por medio de apoderado judicial; y así mismo, deja constancia de la incomparecencia de la demandada, C. A. Hidrológica de la Cordillera Andina-Barinas (Hidroandes Barinas), cuya representación no asiste. Siendo así, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, el Tribunal declara desistido el procedimiento y terminado el proceso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo, se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo
La Secretaria,
Abg. Keila Gómez
TC.-
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