Santa Rosa, 14 de Junio del 2022
212° y 163°



SOLICITUD Nº 064-2022
SOLICITANTE: CARLOS JOSE CUADROS GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.126.394
ABOGADO ASISTENTE: Lucimar Karina Gallardo Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V-18.224.254, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.176.994,
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
(DECRETO CON LUGAR)

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: CARLOS JOSE CUADROS GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.126.394 domiciliado en el Sector El Tigre de la Parroquia Santa Rosa Municipio Rojas del Estado Barinas, correo electrónico cuadrocarlos59@gmail.com, número de teléfono 0426-3297439, asistido en este acto por la abogada en ejercicio Lucimar Karina Gallardo Gómez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.224.254, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.176.994, correo electrónico lucimargallardo4@gmail.com, número de teléfono 0426-3583028 con domicilio procesal en el sector el Tigre calle Nicolás Silva de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas del Estado Barinas, que se sustancia en la solicitud 064-2022, nomenclatura particular de este Tribunal.

Alega el solicitante en su escrito libelar lo siguiente:
“…con el objeto de obtener Titulo Supletorio de unas mejoras y bienhechurías construidas sobre un terreno propiedad del solicitante con una superficie de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON UN CENTIMETRO (584.1 Mts2), enmarcado dentro de los siguientes linderos particulares: Norte: Calle el Cementerio en medio con casa de la sucesión Mateo Oliva ahora calle Fray Esteban Forero; Sur: Solar y casa de Amílcar de Cáceres y ahora casa del señor Aníbal Abousada y Jesús Núñez; Este: Oliva García; Oeste: Con solar y casa de Ignacio Blanco ahora casa de Sr. Reina Frías, Ubicado en el Sector El Playón de la parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas del Estado Barinas, el cual se encuentra enclavado sobre una parcela de terreno Ejido Urbano Municipal con fines comerciales el cual le fue adjudicada por venta según lo aprobado en Sesión Ordinaria Nº 06, Acta Nº 06 de fecha 16 de Marzo del año 2021, y que a sus propias expensas, a construidos unas Mejoras y Bienhechurias de un Inmueble con las siguientes características: Un (01) Hotel con veintiún (21) habitaciones construidas en dos plantas cada una con las siguientes características: puertas de madera, ventanas con estructura de hierro, baño interno con cerámica y todos sus accesorios y sus puertas de madera, piso y paredes con cerámica en todas la habitaciones, planta alta con techo de acerolit y con estructura de hierro, fluido de luz eléctrica embutida en la pared con salida de 110 y 220 voltios, un (01) tanque de plástico aéreo sobre base de concreto, un (01) área de servicio de lavandería techado con techo de zinc y estructuras de hierro, paredes de boque y piso rustico, una(01) perforación de dos (2`)pulgadas para la extracción de agua para el consumo humano con su respectiva Boma, cercas perimetrales sobre el área de construcción del hotel con base de cabillas y concreto, columnas de concreto, viga de corona de cabillas y concreto, con friso rustico, un (01) portón rodante de hierro en la fachada principal, toda el área del estacionamiento con piedra picada, servicios de luz eléctrica, aguas blancas y aguas servidas, el cual la secretaria de este juzgado tuvo a la vista el documento original a los effectum vivendi. Pido me sea otorgado por este tribunal a su digno cargo el Titulo en referencia…” (Cursiva del tribunal)
Careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias que describe; solicita a este Tribunal se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada ante este Despacho para asegurar el derecho de propiedad sobre las referidas bienhechurias.
SIENDO LA OPORTUNIDAD LEGAL PARA DECIDIR EL TRIBUNAL OBSERVA:
La solicitante consignó a los autos como medios probatorios los siguientes documentos:
1.- Copias simples del documento Protocolizado ante la oficina de Registro Inmobiliario con funciones Notariales del Municipio Rojas Estado Barinas, el día 06 de Agosto de 2021, bajo el Numero 2021.62 Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 293.5.7.2.50 y corresponde al Libro de Folio Real del año 2021, el cual riela al folio (15, 16, 17 y 18) de la presente causa. Se aprecian en todo su valor para comprobar sus contenidos como documentos públicos de acuerdo con lo previsto en los artículos 1.357, 1.359, 1.360 del Código Civil y 429 del Código de Procedimiento Civil.
2.- Copia del Levantamiento topográfico por la oficina Municipal de catastro, el cual riela al folio diecinueve (19) de la presente causa.
3.- Copia de la cedula de identidad de la solicitante el cual riela al folio catorce (14) de la presente causa.
4.- Copias de las cedulas de identidad de las testimoniales el cual riela al folio veinte (20) de la presente causa.