Santa Rosa, 15 de Junio del 2022
212° y 163°
SOLICITUD Nº 066-2022
SOLICITANTE: MIREYA MARISOL COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, con cédula de identidad Nº.V-9.253.533.
ABOGADO ASISTENTE: Lucimar Karina Gallardo Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V-18.224.254, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.176.994.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
(DECRETO CON LUGAR)
Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: MIREYA MARISOL COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, con cédula de identidad Nº.V-9.253.533, con domicilio en el sector El Playón 3 de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Pedro Manuel Rojas Mercado del Estado Barinas, correo electrónico mireyamarisol1@gmail.com, número de teléfono 0426-9712583,, asistido en este acto por la abogada en ejercicio Lucimar Karina Gallardo Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V-18.224.254, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.176.994, correo electrónico lucimargallardo4@gmail.com, número de teléfono 0426-3583028 con domicilio procesal en el sector el Tigre calle Nicolás Silva de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas del Estado Barinas, que se sustancia en la solicitud 066-2022, nomenclatura particular de este Tribunal.
Alega la solicitante en su escrito libelar lo siguiente:
“…con el objeto de obtener Titulo Supletorio de unas mejoras y bienhechurías construidas sobre un terreno propiedad de la solicitante con una superficie de DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS (2.137,43 Mts2), enmarcado dentro de los siguientes linderos particulares: Norte: Callejón S/N; Sur: Benedicta Briceño, Alberto Vizamora; Este: Av. Bolívar; Oeste: Caño Masparrito. Ubicado en el Sector Caja de Agua de la parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas del Estado Barinas, el cual se encuentra enclavado sobre una parcela de terreno Ejido Urbano Municipal con fines comerciales el cual le fue adjudicada por venta según lo aprobado en Sesión Ordinaria Nº 09, Acta Nº 17 de fecha 09 de Abril del año 2019, y a sus propias expensas ha construido unas mejoras y bienhechurias de un Inmueble con las siguientes características: Un (01) Bar Restaurant, con techo en acerolit, estructura de hierro, paredes de bloque totalmente frisadas, Dos (02) baños con piso de cerámica con todos sus accesorios, una (01) sala con piso liso, una (01) cocina, dos (02) ventanas de hierro con su respectivo protector, un (01) corredor con su techo de acerolit piso en caico una parte, la otra parte no tiene piso, una (01) Tarima con techo de zinc con estructura de hierro, piso liso, toda el área del estacionamiento con piedra picada, un (01) portón rodante de hierro en la fachada principal, tres (03) puertas de hierro en la parte principal, una (01) Tasca con techo de machihembrado, dos (02) baños con piso en baldosa con todos sus accesorios, una (01) puerta de hierro, fluido de luz eléctrica embutida en la pared con salida de 110 y 220 voltios, servicios de luz eléctrica, aguas blancas y aguas servidas, paredes de bloque totalmente frisadas, cercada todo el área perimetral con paredes de bloque totalmente frisadas, con base de cabillas y cemento, columnas de concreto, vigas de corona de cabillas y concreto el cual la secretaria de este juzgado tuvo a la vista el documento original a los effectum videndi ….. Pido me sea otorgado por este tribunal a su digno cargo el Titulo en referencia…” (Cursiva del tribunal)
Careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias que describe; solicita a este Tribunal se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada ante este Despacho para asegurar el derecho de propiedad sobre las referidas bienhechurias.
SIENDO LA OPORTUNIDAD LEGAL PARA DECIDIR EL TRIBUNAL OBSERVA:
La solicitante consignó a los autos como medios probatorios los siguientes documentos:
1.- Copias simples del documento Protocolizado ante la oficina de Registro Inmobiliario con funciones Notariales del Municipio Rojas Estado Barinas, el día 17 de Marzo de 2021, bajo el Numero 2021.10 Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 293.5.7.3.9 y corresponde al Libro de Folio Real del año 2021, el cual riela al folio (15, 16, 17 y 18) de la presente causa. Se aprecian en todo su valor para comprobar sus contenidos como documentos públicos de acuerdo con lo previsto en los artículos 1.357, 1.359, 1.360 del Código Civil y 429 del Código de Procedimiento Civil.
2.- Copia del Levantamiento topográfico por la oficina Municipal de catastro, el cual riela al folio diecinueve (19) de la presente causa.
3.- Copia de la cedula de identidad de la solicitante el cual riela al folio catorce (14) de la presente causa.
4.- Copias de las cedulas de identidad de las testimoniales el cual riela al folio veinte (20) de la presente causa.
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