REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinitas, 21 de Noviembre de 2022.
Años: 212° y 163°

Vistas las anteriores actuaciones, contentivas de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por ante el Tribunal Distribuidor en fecha 08 de Noviembre del 2022, por la ciudadana: MARIA ESPERANZA VERENZOLA DE MORENO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.471.407, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio DOLORES DEL CARMEN CASTRO RIVAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 56.017; mediante la cual solicita la Declaración de Únicos y Universales Herederos del de-cujus RAFAEL ÁNGEL MORENO, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.132.414, quien falleció en la que era su casa, ubicada en la Urbanización la Brisas, casa Nro. 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas, correspondiendo por su distribución a este Tribunal, en esa misma fecha; fallecido ab-intestato, en fecha 24 de Agosto de 2022, a consecuencia de PARO RESPIRATORIO, EDEMA AGUDO DEL PULMÓN, NEUMONÍA BILATERAL, DEGENERACIÓN LUMBA SACA, según Acta de Defunción Nro. 70, de fecha 25 de Agosto de 2022, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar estado Barinas, que riela en los folios tres y cuatro (f. 03 y 04). Este Tribunal dando cumplimiento a la Sentencia Nro. 770, expediente 04-511 de fecha 02 de junio de 2014, emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Y vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos: EFREN ALFREDO PRIETO BENCOMO, venezolano, titular de la cédula de identidad V- 10.564.321, de estado civil Soltero, de 54 años de edad, domiciliado en el Sector los Próceres, carrera 5, con calle 11, casa 11-6, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas y MARIBEL GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad V- 16.372.497, de estado civil Soltera, de 43 años de edad, domiciliada en el Sector la Cuchinilla, carrera 6, casa S/N de la Población de Barinitas, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, quienes manifestaron lo siguiente: Primer Testigo contesto al interrogatorio: PRIMERA PREGUNTA: ¿Si nos conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace tiempo? CONTESTÓ: “Sí, los conozco a todos, desde hace más de treinta y cinco (35) años”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Si por este conocimiento que dicen tener, saben y les consta que nuestro difunto causante RAFAEL ÁNGEL MORENO, falleció ab-intestato en su residencia actual la Urbanización la Brisas, casa 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas, en fecha 24 de agosto del año 2022, a los 78 años, siendo su domicilio y residencia actual Urbanización La Brisas, casa 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas? CONTESTÓ: Sí, es cierta la dirección, al igual que fue en esa fecha que murió”. TERCERA PREGUNTA: ¿Si igualmente, saben y les consta que somos los únicos y universales herederos Ab-intestato de nuestro causante antes identificado? CONTESTÓ: “Sí, su cónyuge y sus seis (06) hijos son los únicos herederos” y el Segundo Testigo contestó al interrogatorio: PRIMERA PREGUNTA: ¿Si nos conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace tiempo? CONTESTÓ: “Sí, los conozco a todos, desde hace veinte (20) años,”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Si por este conocimiento que dicen tener, saben y les consta que nuestro difunto causante RAFAEL ÁNGEL MORENO, falleció ab-intestato en su residencia actual la Urbanización la Brisas, casa 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas, en fecha 24 de agosto del año 2022, a los 78 años, siendo su domicilio y residencia actual Urbanización La Brisas, casa 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas? CONTESTÓ: Sí, él vivía en esa dirección y esa fue la fecha de su muerte”. TERCERA PREGUNTA: ¿Si igualmente, saben y les consta que somos los únicos y universales herederos Ab-intestato de nuestro causante antes identificado? CONTESTÓ: “Sí, ellos son los únicos herederos que yo conozco”. Las testimoniales antes mencionadas se adminiculan a la copia certificada del Acta de Defunción del De-cujus, Nro. 70, de fecha 25 de Agosto de 2022, asentada en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar estado Barinas, cursante a los folios tres y cuatro (f. 03 y f. 04). Copia fotostática de la cédula de identidad del de-cujus RAFAEL ÁNGEL MORENO, cursante al folio cinco (f. 05). Copia fotostática de la cédula de identidad y de la solicitante MARIA ESPERANZA VERENZOLA DE MORENO, cursante al folio seis (f. 06). Copia certificada del Acta de Matrimonio de Rafael Ángel Moreno y María Esperanza Verenzola de Moreno, signada con el Nro. 119, de fecha 08 de Agosto de 1969, celebrado por ante el Prefecto del Distrito Barinas siendo hoy Oficina o Unidad de Registro Civil Municipal del Municipio Barinas del estado Barinas, cursante a los folios siete y ocho (f. 07 y f. 08). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 189, expedida por el Registrador Civil Municipal del Municipio Bolívar del estado Barinas y copia de la cédula de identidad de la ciudadana CARMEN ELENA MORENO VERENZOLA, identificada con el Nro. V-12.201.575, cursante a los folios nueve y diez (f. 09 y f. 10). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 809, expedida por el Registrador Civil del Municipio Heres, Parroquia Catedral, del estado Bolívar y copia de la cédula de identidad de la ciudadana EMELISA MARIA MORENO VERENZOLA, identificada con el Nro. V-12.205.502, cursante a los folios once y doce (f. 11 y f. 12). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 95, expedida por el Registrador Civil Municipal del Municipio Bolívar del estado Barinas y copia de la cédula de identidad del ciudadano ANDRES ALBERTO MORENO VERENZOLA, identificado con el Nro. V-14.932.669, cursante a los folios trece y catorce (f. 13 y f. 14). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 1.705, expedida por el Registrador Civil del Municipio Barinas estado Barinas y copia de la cédula de identidad del ciudadano ALEXANDER CRISTOBAL MORENO VERENZOLA, identificado con el Nro. V-11.187.586, cursante a los folios quince y dieciséis (f. 15 y f. 16). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 996, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal y copia de la cédula de identidad del ciudadano AUGUSTO JOSE MORENO VERENZOLA, identificado con el Nro. V-11.187.585, cursante a los folios diecisiete y dieciocho (f. 17 y f. 18). Copia certificada de la partida de nacimiento Nro. 521, expedida por el Registrador Civil del Municipio Bolívar estado Barinas y copia de la cédula de identidad del ciudadano RAFAEL MARTIN MORENO VERENZOLA, identificado con el Nro. V-12.201.574, cursante a los folios diecinueve y veinte (f. 19 y f. 20). En fecha 09 de noviembre de 2022, el Tribunal dictó auto dando entrada a la presente solicitud, cursante al folio veintiuno (f. 21). En fecha 11 de noviembre de 2022, el Tribunal dictó auto de admisión, asimismo fija al tercer día de despacho para recibir la declaración de los testigos que presente la parte demandante, cursante al folio veintidós (f. 22). En fecha 16 de noviembre de 2022, el Tribunal mediante Acta deja constancia de la declaración del testigo el ciudadano EFREN ALFREDO PRIETO BENCOMO y copia de la cédula de identidad, cursante a los folios veintitrés y veinticuatro (f. 23 y f.24). En fecha 16 de noviembre de 2022, el Tribunal mediante Acta deja constancia de la declaración de la testigo la ciudadana MARIBEL GARCIA RODRIGUEZ y copia de la cédula de identidad, cursante al folio veinticinco y veintiséis (f. 25 y f. 26). En consecuencia, la Declaración de Únicos y Universales Herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil Venezolano en concordancia con los artículo 429 y 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: como Únicos y Universales Herederos del De-Cujus RAFAEL ÁNGEL MORENO, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.132.414, quien falleció en la que era su casa, ubicada en la Urbanización la Brisas, casa Nro. 25A-107, Parroquia Barinitas estado Barinas, correspondiendo por su distribución a este Tribunal, en esa misma fecha; FALLECIDO AB-INTESTATO, EN FECHA 24 DE AGOSTO DE 2022, A CONSECUENCIA DE PARO RESPIRATORIO, EDEMA AGUDO DEL PULMÓN, NEUMONÍA BILATERAL, DEGENERACIÓN LUMBA SACA, según Acta de Defunción Nro. 70, de fecha 25 de Agosto de 2022, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar estado Barinas, a la ciudadana MARIA ESPERANZA VERENZOLA DE MORENO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 3.471.407, (en calidad de cónyuge) a CARMEN ELENA MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-12.201.575, EMELISA MARIA MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-12.205.502, ANDRES ALBERTO MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-14.932.669, ALEXANDER CRISTOBAL MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-11.187.586, AUGUSTO JOSE MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-11.187.585 y RAFAEL MARTIN MORENO VERENZOLA, cédula de identidad Nro. V-12.201.574, (en calidad de hijos).- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Este Tribunal ordena devolver la presente solicitud con sus respectivas resultas; por último cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.


NORIS A. ROMERO F.
Jueza Titular del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas
YSABEL VILLEGAS

Secretaria Titular

En esta misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se publicó y registró la anterior decisión. Conste
La Secretaria

Exp. S-2022-149
NR