REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 10 de abril de 2023
212° y 164º
Vista la solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria, presentada en fecha 31/03/2023 por el ciudadano Julio Manuel Hurtado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.-13.063.866, asistido en este acto por el abogado Fernando José Quintana Barrios, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.065.857, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 198.947, jurando la urgencia del caso, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE dicha solicitud, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta dicha pretensión, estima este Juzgado necesario realizar una Inspección Judicial, en el lote de terreno denominado “El Regalito”, ubicado en el Sector rural La Compañía, Parroquia La Luz, Municipio Obispos del Estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Sesenta y Cinco Hectáreas con Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Dos metros cuadrados (65 has con 7.492 m2), dentro de los siguientes linderos Norte: Terrenos ocupado por José Méndez y Caño Guajibo; Sur: Terrenos ocupado por Edgar Jiménez y Diógenes Brizuela; Este: Terrenos ocupado por Diógenes Brizuela y Oeste: Terreno ocupado por José Hurtado, se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día viernes 14 de abril de 2023, a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), en el predio objeto de la solicitud; Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los diez (10) días del mes de abril de 2023.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis torres
En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), se publicó y registró la anterior sentencia bajo el número___, y se resguardo el archivo digital a los fines de su registro y archivo como copiador de sentencias llevado por este Tribunal.Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. ArbelisTorres
LED/AT/MP
Exp. Nº JA1B-5860-2023