REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 31 de Mayo de 2023
213º y 164º
Visto el libelo de demanda presentado en fecha 24/05/2023, por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO MONTES TAPIA, YANIUNCE GARCÍA JAIMES, PERMIA JOSÉ GONZALO, JESÚS OMAR VALERO RAMÍREZ, EPALZA LUIS ALBEIRO, ALEXANDER ALBERTO MILANO GUERRA, HERNANDO ANTONIO SOTO SALAS, CARMEN AIDEE JIMÉNEZ ROMERO, JOSÉ ENDER SOTO SALAS, DAVID MEDINA RODRÍGUEZ, JOSÉ JUAN BOLAÑOS LÓPEZ, ROGERS ALEXIS JAMES CONTRERAS, JOSÉ ALIRIMO ALVIAREZ, DORIS ALEIDA ALVIEREZ GUERRERO, LEGUIS RAFAEL CONTRERAS DÍAZ, LUIS ALBERTO SOTO SALAS, MIRIANOLIVA ROJAS GALINDEZ, JIMÉNEZ LIMAS BASILIO VICENTE, ROMERO MEJÍAS SENAIDA DEL CARMEN, CONTRERAS VIVAS JESÚS EDIXON, JOSÉ ALI MOLINA NAVAS, PÁEZ DÁVILA DARWIN, MOLINA GIMÉNEZ ALEJANDRO JOSÉ, LUCILA GARCÍA JAIMES Y MEDINA MEDIAN FREDY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 9.989.996, V-15.537.519 V-17.205.293 V- 16.978.887, V- 22.119.748, V- 12.582.425, V-14.550.005, V-17.659.683, V-14.549.871, V-8.187.618, V-16.070.171, V-14.866.836, V-9.185.680, V-18.642.433,V-19.492.696, V-17.377.110, V-15209.187, V-4.262.476, V-7.679.381,V-15.241.627, V-12.205.508 V-19.056.722, V-23032.331, V-8.117.401 y V-11.838.034, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Dayana Katerine Oviedo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 191.348; en contra de los ciudadanos JAIRO MOLINA, JOSÉ DAVID NAVAS, ANA GIMÉNEZ, HUMBERTO SUAREZ Y NELSON HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V- 15.636.196, V-15.210.709, V-10.012.924, V-13.197.440 y V-11.839.292 en su orden y por cuanto se evidencia de las documentales producidas por la parte actora junto con el libelo la Actividad Agraria presente en el predio objeto del juicio, requisito sine quanon de toda demanda en materia Agraria, tal y como lo establece el Artículo 197.3 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual establece textualmente: “Los Juzgados de primera instancia agraria conocerán de las demandas entre particulares que se promuevan con ocasión de la actividad agraria…3. “Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales, para fines agrarios”, (subrayado y negrilla del tribunal) y por cuanto el libelo de demanda de SERVIDUMBRE DE PASO, reúne todos los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 199 eiusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho y ordena darle el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, emplácese a los ciudadanos JAIRO MOLINA, JOSÉ DAVID NAVAS, ANA GIMÉNEZ, HUMBERTO SUAREZ Y NELSON HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V- 15.636.196, V-15.210.709, V-10.012.924, V-13.197.440 y V-11.839.292 en su orden; a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a que conste la última de las citaciones, para que procedan a contestar al fondo la demanda. En cuanto a las documentales promovidas el Tribunal se pronunciará sobre su admisión en la oportunidad legal correspondiente. Compúlsese el libelo de demanda con orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil a los fines que practique la citación acordada, el cual contendrá copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto. Líbrese boleta de citación. En relación a la medida cautelar solicitada se ordena la apertura del cuaderno correspondiente y encabécese con copia fotostática certificada del libelo de demanda.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz.-
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.-
En la misma fecha se libró boleta de citación, siendo las 12:30 p.m, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el número_______, y se resguardo el archivo digital a los fines de su registro y archivo como copiador de sentencias llevado por este Tribunal,. Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.-
LED/AT/Doymar.-
Exp. Nº JA1B-5874-2023
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