REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barrancas, 09 de Noviembre del 2.023
213° y 164°

Vista la solicitud que precede suscrita por los ciudadanos: ALONSO JOSE VALBUENA PEREZ y ABRAHAM DE JESUS VALBUENA PEREZ. Venezolanos, mayor de edad, solteros, civilmente hábiles, con cédula de identidad Nº V-8.050.718; y N° V-8.054.912; domiciliado en el Sector de Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, actuando en su propio nombre y representación, Abogados, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 21.826 y 27.996 conforme a la cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de SETENTA y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 75,000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, solicita se le declare bastante y suficientemente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes dichas. Fue acompañado Autorización expedida por la Síndico Procurador del Municipio Alberto Arcelo Torrealba del Estado Barinas y levantamiento topográfico, asimismo Cartel De Emplazamiento. Este Tribunal considero que de la justificación aludida conforme a los testimoniales rendidos por los ciudadanos: VALERO GUEDEZ ISMELDO HERIBERTO y CONTRERAS TERAN FRANCISCO JOSE, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de los solicitantes y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de los ciudadanos: VALVUENA PEREZ ALONSO JOSE y VALBUENA PEREZ ABRAHAM DE JESUS, antes identificada, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías sobre una parcela de terreno propiedad del Municipal, Ubicada en la avenida el llanero cruce con calle 3, del pueblo de Sabaneta, Jurisdicción del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, constante de un inmueble estructurado de la forma siguiente: Una casa de bloques modificada en tres locales de nuestra propiedad conocida como casa los Valbuena. Casa Unifamiliar construidas con bases de concreto; paredes de bloques, techo de zinc, pisos de cemento, Una (01) puerta y Santamaría de Hierro de hierro, agua y luz, la cual tiene un área de terreno de DOCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (230 mts²), y un área de construcción de DOCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (230 mts²), Cuyos linderos particulares son: NORTE: Avenida el Llanero; SUR: Casa con mejoras de María Teodolinda Telles Quintero; ESTE: Calle N° 3. OESTE: Casa de Alonso Valbuena Pérez. Déjese constancia en el libro diario. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
La Jueza,

Abg. Rina Nataly Muñoz Marcano.
La Secretaria Accidental

Abg. Maria Fandiño

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve Conste.-
El scria , Maria Fandiño
Solic. N° -353-23.-