REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
213º y 164º

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

En el día, de hoy lunes dos (02) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), siendo las diez de la mañana (10:00a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio oral y pública prevista en el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el expediente signado con el N° EP11-L-2023-000022, contentivo de juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoada por la ciudadana Marianghely Nicole González Maldonado, titular de la cédula de identidad N° V-20.868.312, contra la Fundación de Derechos Humanos de los Llanos (FUNDEHULLAN), se constituye este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Barinas en Sala de Audiencias, presidido por la ciudadana Jueza, Abg. Yoleinis Vera Almarza, la ciudadana Secretaria, Abg. Alexandra Rotundo, y el ciudadano Alguacil, Gabriel Soto, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual será realizada por el Técnico adscrito a esta Coordinación Laboral Omar Cadenas. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia de la partes, dejando expresa constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno que las represente. A continuación, la Jueza establece: vista la incomparecencia de las partes, esta Juzgadora debe declarar la extinción del proceso de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA EXTINCIÓN DEL PROCESO, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, término, se leyó y conformes firman:
La Jueza,

Abg. Yoleinis Vera Almarza
El Técnico Audiovisual, El Alguacil,


Omar Cadenas Gabriel Soto



La Secretaria,


Abg. Alexandra Rotundo


En esta misma fecha, en horas de despacho se publicó la anterior decisión. Conste.

La Secretaria,