REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Santa Rosa, 30 de Abril de 2.024.-
Años 214° y 165°
EXP Nº – 085-2024.
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES.
SOLICITANTE: EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080.
CONYUGE: BERLIS BEATRIS MENA DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.907.294.
ABOGADO ASISTENTE. KERVIN REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.288.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.549.
MOTIVO. DIVORCIO JURISPRUDENCIAL sentencia Nº 1.070 de fecha 09-12-2016 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SENTENCIA DEFINITIVA (CON LUGAR)
Se inicia la presente SOLICITUD DE DIVORCIO 185 procedente de la Distribución realizada en fecha 10-01-2024, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y recibida en este juzgado en fecha 12-01-2024, fundamentada bajo la interpretación en el artículo 185 del Código Civil, Divorcio por Desafecto establecido en la doctrina de la Sentencia Nº 1070 del 09/12/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por el ciudadano EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080, civilmente hábil, número de celular 0416-1158580, correo electrónico suarezeduardo562@gmail.com, domiciliado en el Sector Amabil León, calle principal casa S/N de Ciudad de Nutrias del Municipio Sosa del Estado Barinas., quien contrajo Matrimonio Civil por ante el Despacho del Registro Civil de la Parroquia Puerto de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, en fecha 24 de Mayo del año 2.018, según se evidencia en Acta de Matrimonio Nº 01, folio 1, Tomo 02, año 2.018, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio KERVIN REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.288.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.549, número de celular 0426-9120319, correo electrónico: kervinreina@gmail.com, con domicilio procesal sector el Libertador, calle principal casa S/N de Ciudad de Nutrias del Municipio Sosa del Estado Barinas, mediante el cual solicita Divorcio por Desafecto del vinculo matrimonial que lo une a la ciudadana: BERLIS BEATRIS MENA DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-18.907.294, teléfono +593994750770, correo electrónico meidermena@gmail.com, civil mente hábil, actualmente domiciliada en los Estados Unidos de America, Estado: Pensilvania, Ciudad: philadelphia, 12601 biscaney DR.
En fecha 16 de Enero del año 2.024, se admitió la presente solicitud bajo Exp-085-2024 y se ordeno el emplazamiento de la cónyuge BERLIS BEATRIS MENA DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-18.907.294, teléfono +593994750770,
correo electrónico meidermena@gmail.com, civil mente hábil, actualmente domiciliada en los Estados Unidos de America, Estado: Pensilvania, Ciudad: philadelphia, 12601 biscaney DR., a los fines de que expusiera lo que considera conveniente sobre la presente demanda dentro de los (03) tres días de despacho siguiente a que conste en autos su citación. Asimismo se ordeno librar Edicto a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el presente asunto, o hacerse parte en el mismo, debiendo a tal fin comparecer ante este Tribunal dentro del lapso de quince (15) días de despacho siguientes a la consignación que se hiciere de la publicación del referido edicto, se ordenó la citación del Fiscal Séptimo del Ministerio Público Especializado en Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Civil e Instituciones familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas para que en el lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que constara en autos su citación, pudiera hacer oposición si así lo considerase pertinente.(Folios 10, 11, 12 y 13).
En los (Folios 14-15) Consta diligencia de fecha 15-02-2024 presentada por el Alguacil del tribunal, mediante la cual consigna boleta de citación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público Especializado en Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Civil e Instituciones familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas debidamente firmada por el secretario Luis Solórzano, el día 07-02-2024 en la sede de la Fiscalía Séptima del Municipio Barinas Avenida San Luis con calle Aranjuez.
En fecha 27/02/2024 El Alguacil del tribunal consigno Boleta de Citación de la ciudadana BERLIS BEATRIS MENA DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-18.907.294, teléfono +593994750770, en su condición de cónyuge debidamente cumplida en fecha 23/02/2024 (Folios 16,17 y 18).
En fecha 28/02/2024 siendo las tres y treinta 3:30 pm de la tarde hora limite para dar despacho en este tribunal, según tablilla del mismo (8:30 am a 3.30pm) y por cuanto la ciudadana BERLIS BEATRIZ MENA DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.907.294, parte demandada en el presente juicio, el Tribunal hace constar que no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial a dar contestación, el alguacil de este tribunal consigno diligencia de fecha 27/02/2024 con boleta de citación librada y firmada a la ciudadana: BERLIS BEATRIZ MENA DIAZ, titular de la cedula de identidad V- 18.907.294, Nº Exp-085-2024, la cual fue enviada vía WhatsApp al numero telefónico +593994750770 y recibida por el mismo medio, en fecha 23-02-2024 a las 11:36 am, donde reconoce el divorcio solicitado por su cónyuge del ciudadano EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080. (Folio 19)
En fecha 28-02-2.024, comparece el ciudadano EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080, asistido por el abogado en ejercicio KERVIN REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.288.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.549 y mediante diligencia solicita la entrega del cartel de Edicto para ser publicado así como fue ordenado en autos. (Folios 21)
En fecha 08/04/2024 comparece el ciudadano EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080, asistido por el abogado en ejercicio KERVIN REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.288.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.549 y consigna diligencia donde hace entrega del cartel de Edicto publicado en “ El Diario la Noticia de Barinas” pagina número 04 de fecha martes 12-03-2024. (Folios 22, 23, 24 y 25).
En fecha 08/04/2024 la suscrita Secretaria Titular del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, hace constar: que en fecha 08-04-2024, fijó auto del CARTEL DE EDICTO publicado en “ El Diario la Noticia de Barinas” pagina número 04 de fecha martes 12-03-2024, en la cartelera de este tribunal del Exp Nº 085-2024 contentivo de la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Nº 1070 del 09/12/2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presentada por el ciudadano EDUARDO JOSE SUAREZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.557.080. (Folio 26)
En fecha 26-04-2024 Visto el anterior Cómputo del lapso fijado de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la citación del Fiscal Séptimo del Ministerio Público Especializado en Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Civil e Instituciones familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y estando dentro de la oportunidad legal para hacer oposición en la presente causa y el Fiscal del Ministerio Publico manifiesta no tener nada
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