REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 07 de agosto de 2024
214° y 165º
Vista la solicitud de Medida de Protección Agroalimentaria, presentada en
fecha 02/08/2024, por los ciudadanos Argenis Berrios Bastidas, José David
Berrios Bastidas, Diolirio José Berrios Bastidas, María Yamilet Berrios Bastidas
y Diocelis Del Carmen Berrios Bastidas, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.793.763, V-19.350.431, V20.869.868, 19.620.028 y V-19.350.432, en su orden, asistido por el abogado
José Alexander Valencia Carrillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
257.428, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE dicha solicitud, y a los
fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta dicha
pretensión, estima este Juzgado necesario realizar una Inspección Judicial, en
un lote de terreno denominado “SAN ISIDRO”, ubicado en el sector El Molino;
de la Población de Caldera, Municipio Bolívar del Estado Barinas, con una
superficie de terreno de Una Hectárea Con Siete Mil Doscientos Treinta Metros
(1 Has con 7.230 m), dentro de los siguientes linderos Norte: Vía la Laguna;
Sur: Terrenos ocupados por Anselmo Berrios, Este: Terrenos ocupados por
Carlos Ramos y Sucesión Berrios Oeste: Terrenos ocupados por Flor Rosario e
Isabel Berrios; se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día
lunes doce (12) de agosto de 2.024, a las ocho y treinta de la mañana (8:30
a.m.), en el predio objeto de la solicitud, jurando la urgencia del caso. Dada,
firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera
Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a
los siete (07) días del mes de agosto de 2024.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz.-
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.-
En la misma fecha, siendo las tres y diez de la tarde 03:10 p.m, se publicó y
registró la anterior sentencia bajo el número_____, y se resguardo el archivo
digital a los fines de su registro y archivo como copiador de sentencias llevado
por este Tribunal,. Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.-
LED/AT/.-
Exp. Nº JA1B-5955-2024