REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Expediente No. 46.901

Motivo: LEVANTAMIENTO DE MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES INMUEBLES

En virtud de la Sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, proferida por este Juzgado bajo el N° 180-2023, de fecha dieciocho (18) de diciembre de 2023; a través del cual se homologo la transacción celebrada entre las partes, en la presente causa que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), incoara la sociedad mercantil “BANESCO BANCO UNIVERSAL”, C.A.”, Institución Bancaria domiciliada en la ciudad de Caracas , inscrito su Documento Constitutivo-Estatuario en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 13 de junio de 1977, con el N°1, Tomo 16-A, cuya transformación a Banco Universal consta en documento inscrito en dicha Oficina de Registro Mercantil, el 04 de septiembre de 1997, con el N° 63, Tomo 70-A, el cual forma parte del expediente que por cambio de domicilio se presento ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, y quedo inscrito el 196 de septiembre de 1997, con el N°39, Tomo 152-A-Qto, siendo registrada su ultima modificación estatuaria ante el referido Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 9 de septiembre de 2016, con el N°7 , tomo 302-A, signado con el certificado de inscripción de Registro de Información Fiscal (R.I.F) N° J-07013380-5, debidamente representada por la abogada en ejercicio SILVIA CECILIA MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.732, domiciliada en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del Estado Zulia , representación que consta en el documento poder otorgado por ante la Notaria Publica Tercera del Municipio Baruta, el 20 de junio de 2017, bajo el N°45, Tomo 47, folios 158 al 161, en contra de la sociedad “FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 25 de agosto de 2020, bajo el N°31, Tomo 18-A 485, e inscrita en el Registro Unico de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-500325371, domiciliado en el municipio San Francisco del Estado Zulia, y el ciudadano ZIAD MOHAMED ABD- EL KADER HANAFI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.082.240, domiciliado en esta ciudad y municipio autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, en su condición de fiador; este Órgano Jurisdiccional para resolver hace las siguientes consideraciones:
De un estudio de las actas procesales, se observa que en fecha nueve (09) de agosto de 2023, fue interpuesta demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTAMACION), sigue la sociedad mercantil “BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la sociedad mercantil “FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A.”, ambas antes identificadas, por ante la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (sede Torre Mara), correspondiéndole a este Órgano Jurisdiccional conocer de la causa, y la cual fue admitida mediante decreto intimatorio de fecha dieciocho (18) de septiembre de 2023, en virtud, de no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres, o alguna disposición prevista en la Ley, ordenándose en consecuencia, la intimación de la parte demandada.
Además de ello, consta en las actas procesales, que en fecha once (11) de agosto de 2023, fue solicitada por la parte actora mediante escrito, MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES INMUEBLES, la cual fue decretada por este Órgano Jurisdiccional en fecha veintiuno (21) de septiembre de 2023, participándose lo decidido mediante oficios signados bajo los Nos.339-2023, 340-2023, 341-2023, 342-2023, 343-2023, 344-2023, 345-2023, 346-2023, en la misma fecha y, recayendo la misma sobre:

1. “Una (01) casa quinta y su parcela de terreno propio, ubicado en la Urbanización Coromoto, Parcela No. 20, Lote 7, Zona A, Calle 171, inmueble No. 42-118, en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, identificado con el numero catastral 231701U01001043017001.- Abarca una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 mts2).Dicho inmueble se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: quince metros (15Mts), con la parcela No. 5 del lote No. 7; SUR: En igual longitud, avenida XX; ESTE: En treinta metros (30.00Mts), con parcela No. 19 del lote No. 7; y OESTE: En igual longitud, con parcela No. 21 del lote No. 7. Según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia en fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el Número 2021.857, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.7865 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2021.

2. Una parcela de terreno, cuya ubicación actualizada es la Urbanización Coromoto, Parcela No. 7, Lote 7, Zona A,Calle 170, inmueble No. 42-77, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, e identificado con el numero catastral 231701U01001043006001. La parcela de terreno abarca una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas actuales: NORTE: mide catorce metros con noventa y nueve centímetros (14,99 mts) y linda con calle 170; SUR: mide catorce metros con noventa y ocho centímetros (14,98 mts) y linda con parcela No. 18 del mismo lote y zona; ESTE: mide treinta metros (30.00 mts) y linda con parcela No. 9 el mismo lote y zona; OESTE: mide treinta metros (30.00 mts) y linda con parcela No. 6 del mismo lote y zona. Según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de 2021, quedando inscrito bajo el Número 2015.1131, asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.3452 y correspondiente al libro del folio real del año 2015.

3. Una (01) parcela de terreno distinguida con el No. 6, del lote No. 7, Zona A de la Urbanización Coromoto, jurisdicción de la Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia, dicha parcela consta de las siguientes Linderos: por el Norte, con la avenida 10; Sur, con la parcela No. 19 del Lote No. 7; Este: con parcela No. 7 del Lote No. 7; Oeste, con parcela No. 5 del lote No. 7 de la Zona “A” de la Urbanización Coromoto; y mide cada uno de los lados norte y sur, quince metros (15 mts), y por el lado este y oeste treinta metros (30 mts), con una superficie de Cuatrocientos metros cuadrados (450 mts2). Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el Número 2021.858, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el no. 482.21.18.3.7866 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021.

4. Una (1) parcela de terreno propio de mi única y exclusiva propiedad Urbanización Coromoto distinguida bajo el No. 19, Lote No. 7, Zona A, Calle 171, inmueble N° 42-102, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, e identificado con el numero catastral 231701U01001043016001.- Se encuentra dentro las siguientes medidas y linderos: Por sus lados NORTE Y SUR, QUINCE METROS (15MTS), y por sus lados ESTE Y OESTE, TREINTA (30MTS), o sea un área aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450 MTS2]). NORTE: Parcela No. 6, Lote No. 7; SUR: Avenida 11; ESTE: Parcela No. 18, lote 7; y OESTE: Parcela No. 20, Lote No 7. Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el numero 2021.861, Asiente Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.7867 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021.

5. Una (1) parcela de terreno ubicada en la Urbanización “Coromoto”, jurisdicción Parroquia y Municipio San Francisco, Estado Zulia, signada con el No. cinco (5), Lote No. siete (7), Zona “A”, Numero: 42-117, identificado con el numero catastaral: 231701U01001043004001.- Dicha parcela de terreno mide por sus linderos Norte y Sur: Quince metros (15mts) y por sus lados Este y Oeste: Treinta Metros (30mts); es decir, un superficie de Cuatrocientos Cincuenta Metros Cuadrados (450mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, Av 10; Sur, parcela 20, del Lote No. 7; Este, parcela No. 6, Lote 7; y Oeste, parcela 4, Lote 7. Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veinticinco (25 de octubre de 2021, quedando inscrito bajo el numero 2021.862, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.7868 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021.

6. UN (01) LOCAL COMERCIAL, ubicado en el cuerpo B del CENTRO COMERCIAL “LA REDOMA” Nivel -0,17, signado con el No. 2B de la calle 100 (antes libertador) en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene un área de CIENTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS (134,75 Mts 2) comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos:NORTE: Doce metros (12 mts), linda con e loca 1-B, SUR: Doce metros (12 mts), linda con el Local 3-B y pasillo, ESTE: cinco metros (5 mts), linda con galería y fachada de este y OESTE: cinco metros (5 mts), linda con locales 12B y 15B; según consta de documento de de Condominio Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha dieciséis (16) de mayo de mil novecientos ochenta (1980) bajo el No. 12, Protocolo 1°, Tomo 2, y que le corresponde un porcentaje de 2,22% de la totalidad. El referido local consta de cuatro (04) niveles interiores y dos salas sanitarias. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha tres (03) de julio de 2018, quedando inscrito bajo el Número 2014.652, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 480.21.5.4.5180 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2014.

7. UN (01) LOCAL COMERCIAL, ubicado en el cuerpo B del CENTRO COMERCIAL “LA REDOMA” nivel +1525, signado con el No. 15B de la calle 100 (antes libertador) en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene un área de CINCUENTA Y OCHO METRO CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (58,75 Mts 2) comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: once metros lineales, con cincuenta centímetros lineales (11,50 Mts), linda con el local 14-B, SUR: once metros lineales, con cincuenta centímetros lineales (11,50 Mts), linda con el Local 16-B, ESTE: cinco metros (5 mts) lineales, linda con el local 2-B y OESTE: cinco metros (5 mts) lineales, linda con pasillo; según costa de Documento de Condominio Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha Dieciséis (16) de mayo de mil Novecientos Ochenta (1980) bajo el No. 12, Protocolo 1°, Tomo 2, y que le corresponde un porcentaje de 0,53% de la totalidad. El referido local consta de Un (01) nivel interior y una sala sanitaria. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha tres (03) de julio de 2018, quedando inscrito bajo el Numero 2014.651, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 480.21.5.4.5179 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2014.

8. Cuatro (04) parcelas de terrenos, cuyos linderos y medidas individuales de cada lote son las siguientes: La primera parcela se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, calle 171, Inmueble N° 41-57, Parcela 8, Lote 4, Zona B, en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Estado Zulia, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide diecisiete metros con setenta y un centímetro (17,71 mts); SUR: Con parcela N° 15, Lote 4, Zona B y mide diecisiete metros con setenta y nueve centímetros (17.79 mts); ESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta centímetros (30.50 mts) y; OESTE: Con parcela N° 7, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cuarenta y cinco centímetros (30.45 mts). Con una superficie de QUINIENTOS CUARENTA Y UN METROS CON ONCE CENTIMETROS CUADRADOS (541,11 MTS2), según plano de mensura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomática, Simón Bolivar de la Alcadia del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011067 de fecha octubre de dos mil veintiuno (2021), La segunda Parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, Calle 171, Inmueble N° 41-39, Parcela 9, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco, y sus linderos y medidas las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide dieciocho metros con treinta y cuatro centímetros (18,34 mts); SUR: Con Parcela N° 14, Lote 4, Zona B y mide dieciocho metros con trece centímetros (18,13 mts); ESTE: Con parcela N° 10, Lote 4, Zona B y Parcela N° 11, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta y ocho centímetros (30,58 mts); y OESTE: Con parcela N° 8, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta centímetros (60.50 mts). Y con una superficie de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (557,17 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, singado con el N° PM 21011068 de fecha octubre de dos mil veintiuno (2021), La tercera parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto , calle 171, inmueble N° 171-08, Parcela 10, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco y sus linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide veintinueve metros con sesenta y seis centímetros (29,66 mts); SUR: Con Parcela N° 11, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con setenta centímetros (29,70 mts); ESTE: Con vía Pública Avenida 41 y mide quince metros con setenta y tres centímetros (15.73 mts) y OESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide quince metros con sesenta y seis centímetros (15,66 mts). Y con una superficie de CUATROCIENTO SESENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (465,93 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011069 de fecha Octubre de dos mil veintiuno (2021),Sobre esta parcela existe un construcción que fue demolida en su totalidad. La Cuarta Parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, calle 171, inmueble N° 171-22, Parcela 11, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco, y sus linderos y medidas las siguientes: NORTE: Con parcela N° 10, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con sesenta centímetros (29,70 mts); SUR: Con parcela N° 12, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con setenta y siete centímetros (29,77 mts); ESTE: Con vía publica Avenida 41 y mide catorce metros con noveta y cinco centímetros (14.95 mts) y; OESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide catorce metros con noventa y un centímetros (14,91 mts). Y con una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CON UN CENTIMETRO CUADRADOS (444,01 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro Del Instituto Municipal de Geomatica, Simon Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011070 de fecha Octubre de dos mil veintiuno (2021). Unificadas estas cuatro (04) parcelas, en una (01) sola parcela de terreno con una superficie según documento de MIL NOVECIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1.980,00 MTS2), y con una superficie según Plano de Mensura de DOS MIL OCHO METROS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (2.008,22 MTS2), quedando establecida esta unificación y medidas, en el Plano de Mensura N° PM 21011071, de fecha Octubre 2021 debidamente registrado por la Dirección de Catastaro del Instituto Publico Municipal de Geomática, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con Vía Publica Avenida 171 y mide sesenta y cinco y metros con setenta y un centímetros (65, 71 mts) SUR: Con parcela n° 12,14 y 15, Lote 4, Zona B y mide sesenta y cinco metros con sesenta y nueve centímetros (65,69 mts); ESTE: Con vía Pública Avenida 41 y mide treinta metros con sesenta y ocho centímetros (30,68 mts)) y; OESTE: Con parcela N° 7, lote 4, zona B y mide treinta metros con cuarenta y cinco centímetros (30,45 mts). Ubicada en La Urb. Coromoto, Parcelas 8,9,10 y 11, Lote 4, Zona B, Calle 171 con Av. 41, Inmueble 171-08 en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, identificado con el numero catastral: 231701U01001075025001 según oficio N° CC-CC-2021-614382, De fecha 29 de Octubre de Dos Mil Veintiuno (2021), y el mismo posee numero cívico N° 171-08, según numero de solicitud 614384 ambos emanados por la dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolívar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de fecha tres (03) de diciembre de 2021, quedando inscrito bajo el (los) Número(s) 22 folios(s) 47928 del (de los) Tomo(s) 15 del Protocolo de Trascripción del presente año respectivamente.”

Así pues las cosas, consta en las actas procesales, que en fecha cinco (05) de octubre de 2023, fue solicitada por la parte actora mediante escrito MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles:
“…que resulten propiedad de los codemandados, sociedad mercantil de capital totalmente privado, denominado FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A., y al ciudadano ZIAD MOHAMED ABD-EL KADER HANAFI, identificados en actas, en su condición de fiador solidario y principal pagador de las obligaciones contraídas por farmacia FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A., en aras de salvaguardar las resultas de este procedimiento y que su ejecución no quede ilusoria, hasta cubrir el doble del monto establecido en el decreto intimatorio expedido por este Juzgado, la cantidad de a) ONCHE MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS 8
(Bs.11.139.498,98), por concepto de capital de adeudado; b) SESENTA Y CUATRO MIL TRECE BOLIVARES CON NOVENRA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 64.013,94), por concepto de intereses convencionales sobre el saldo deudor desde el día 29 de julio de 2023, a una tasa del 16% anual con excepción del crédito No. 10165686-10165746 una tasa del 15% anual, c)TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO CINCO BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (BS.2.800.878.23) por concepto de honorarios profesionales calculados en un 25% de valor de la demanda…”

La referida solicitud fue presentada ante esta Operadora de Justicia, argumentando que:”…por cuanto todas y cada una de las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas por este Tribunal sobre los bienes referidos inmuebles plenamente identificados en actas, no fue posible ejecutar, por cuanto los demandados en este juicio de manera simulada y fraudulenta transfirieron la propiedad de todos los inmuebles, supuestamente a la ciudadana AURYS CAROLINA MANZARENO ROMERO, portadora de la cedula de identidad No.15.985.676,el día 15 de agosto de 2023, por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES ante el registro publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia…..”.

Al respecto, este Órgano Jurisdiccional en fecha dieciséis (16) de octubre de 2023, se pronuncio sobre lo peticionado, mediante sentencia interlocutoria anotada bajo N°154-2023, la cual establece:

(…OMISSIS…)

Ahora bien, la parte actora ha demostrado a través de los recaudos presentados, donde se expresa no haber podido efectuar la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar dictada por este Juzgado en fecha veintiuno (21) de septiembre de 2023, según los oficios No. 2023-039, 2023-040, 2023-041, 2023-042, 2023-043, 2023-044, emanados del Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en virtud de la venta realizada por la ciudadana EURYS CAROLINA MANZARENO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.15.985.676,domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, sobre los inmuebles:
1. Una(1)parcela de terreno ubicada en la urbanización “Coromoto”, jurisdicción Parroquia y Municipio San Francisco, Estado Zulia, signada con el No.cinco(5), Lote No.siete (7), zona “A” Numero:42-117, identificado con el numero catastral 231701U1001043004001.-Dicha parcela de terreno mide por sus linderos Norte y Sur: Quince metros(15 mts); y por sus lados Este y Oeste:Treinta metros (30 mts); es decir un superficie de cuatrocientos cincuentas metros cuadrados (450mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos Norte, Av.10; Sur, parcela 20 del lote No.7; Este, parcela No.6, lote 7; y Oeste, parcela 4, lote 7. Según consta por documentos protocolizados por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veinticinco (25 de octubre del 2021; quedando inscrito bajo el numero 2021.862, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el No.482.21.18.3.7868 y correspondiente al libro de folio real del año 2021.
2. Una (01) parcela de terreno distinguida con el No. 6, del lote No. 7, Zona A de la Urbanización Coromoto, jurisdicción de la Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia, dicha parcela consta de las siguientes Linderos: por el Norte, con la avenida 10; Sur, con la parcela No. 19 del Lote No. 7; Este: con parcela No. 7 del Lote No. 7; Oeste, con parcela No. 5 del lote No. 7 de la Zona “A” de la Urbanización Coromoto; y mide cada uno de los lados norte y sur, quince metros (15 mts), y por el lado este y oeste treinta metros (30 mts), con una superficie de Cuatrocientos metros cuadrados (450 mts2). Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el Número 2021.858, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el no. 482.21.18.3.7866 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021.
3. Una parcela de terreno, cuya ubicación actualizada es la Urbanización Coromoto, Parcela No. 7, Lote 7, Zona A,Calle 170, inmueble No. 42-77, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, e identificado con el numero catastral 231701U01001043006001. La parcela de terreno abarca una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas actuales: NORTE: mide catorce metros con noventa y nueve centímetros (14,99 mts) y linda con calle 170; SUR: mide catorce metros con noventa y ocho centímetros (14,98 mts) y linda con parcela No. 18 del mismo lote y zona; ESTE: mide treinta metros (30.00 mts) y linda con parcela No. 9 el mismo lote y zona; OESTE: mide treinta metros (30.00 mts) y linda con parcela No. 6 del mismo lote y zona. Según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de 2021, quedando inscrito bajo el Número 2015.1131, asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.3452 y correspondiente al libro del folio real del año 2015.
4. “Una (01) casa quinta y su parcela de terreno propio, ubicado en la Urbanización Coromoto, Parcela No. 20, Lote 7, Zona A, Calle 171, inmueble No. 42-118, en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, identificado con el numero catastral 231701U01001043017001.- Abarca una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 mts2).Dicho inmueble se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: quince metros (15Mts), con la parcela No. 5 del lote No. 7; SUR: En igual longitud, avenida XX; ESTE: En treinta metros (30.00Mts), con parcela No. 19 del lote No. 7; y OESTE: En igual longitud, con parcela No. 21 del lote No. 7. Según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia en fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el Número 2021.857, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.7865 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2021.
5. Una (1) parcela de terreno propio de mi única y exclusiva propiedad Urbanización Coromoto distinguida bajo el No. 19, Lote No. 7, Zona A, Calle 171, inmueble N° 42-102, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, e identificado con el numero catastral 231701U01001043016001.- Se encuentra dentro las siguientes medidas y linderos: Por sus lados NORTE Y SUR, QUINCE METROS (15MTS), y por sus lados ESTE Y OESTE, TREINTA (30MTS), o sea un área aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450 MTS2]). NORTE: Parcela No. 6, Lote No. 7; SUR: Avenida 11; ESTE: Parcela No. 18, lote 7; y OESTE: Parcela No. 20, Lote No 7. Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia de fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021), quedando inscrito bajo el numero 2021.861, Asiente Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 482.21.18.3.7867 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2021.

En virtud de lo antes plantado, al observar los documentos de compraventa de los inmuebles propiedad de la parte demandada, que al ser analizados por el Juez dan cierta verosimilitud sobre la pretensión del demandante, que obedeciendo la naturaleza de la causa. Así se aprecia.-
(…OMISSIS…)

PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, sociedad mercantil FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A., y el ciudadano ZIAD MOHAMED ABD- EL KADER HANAFI antes identificados, el cual deberá indicar el ejecutante ante el Tribunal Ejecutor respectivo, hasta cubrir el doble de la cantidad de TRECE MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SIETE BOLIVARES DIGITALES CON SEIS CENTIMOS (13.808.707,06), todo con ocasión al juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)que sigue la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la sociedad mercantil FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANSCISCO, C.A y del ciudadano ZIAD MOHAMED ABD- EL KADER HANAFI, en su condición de fiador.

(….OMISSIS…)


En este mismo orden de ideas, previo estudio a las actas procesales se determina que en fecha dieciocho (18) de diciembre de 2023, este Juzgado dicto sentencia anotado bajo N° 180-2023, quedando la misma bajo el carácter de cosa juzgada por cuanto la misma quedo definitivamente firme, por lo que es evidente que las medidas cautelares decretadas en fecha veintiuno (21) de septiembre de 2023, y en fecha dieciséis (16) de agosto de 2023, han perdido lo que la doctrina llama comos instrumentalidad, en consecuencia, esta juzgadora declarara, como en efecto lo hará en el dispositivo de la presente decisión, PROCEDENTE el levantamiento de la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar Bienes Inmuebles, decretada por este Juzgado, en la presente causa, en fecha dieciséis (16) de octubre de 2023. ASÍ SE DETERMINA.-
Así las cosas, se ORDENA oficiar al Registrador Publico del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y oficiar al Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a fin de que tomen las medidas consecuentes. ASÍ SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: SE ORDENA el levantamiento de la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha doce (12) de agosto de 2022, y la cual verso sobre unos bienes cuya propiedad recae sobre la sociedad mercantil “FARMACIA FARMEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A”, antes identificada, bienes identificados como:

1. Un (01) LOCAL COMERCIAL, ubicado en el cuerpo B del CENTRO COMERCIAL “LA REDOMA” Nivel -0,17, signado con el No. 2B de la calle 100 (antes libertador) en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene un área de CIENTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS (134,75 Mts 2) comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos:NORTE: Doce metros (12 mts), linda con e loca 1-B, SUR: Doce metros (12 mts), linda con el Local 3-B y pasillo, ESTE: cinco metros (5 mts), linda con galería y fachada de este y OESTE: cinco metros (5 mts), linda con locales 12B y 15B; según consta de documento de de Condominio Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha dieciséis (16) de mayo de mil novecientos ochenta (1980) bajo el No. 12, Protocolo 1°, Tomo 2, y que le corresponde un porcentaje de 2,22% de la totalidad. El referido local consta de cuatro (04) niveles interiores y dos salas sanitarias. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha tres (03) de julio de 2018, quedando inscrito bajo el Número 2014.652, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 480.21.5.4.5180 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2014.

2. UN (01) LOCAL COMERCIAL, ubicado en el cuerpo B del CENTRO COMERCIAL “LA REDOMA” nivel +1525, signado con el No. 15B de la calle 100 (antes libertador) en jurisdicción de la parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene un área de CINCUENTA Y OCHO METRO CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (58,75 Mts 2) comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: once metros lineales, con cincuenta centímetros lineales (11,50 Mts), linda con el local 14-B, SUR: once metros lineales, con cincuenta centímetros lineales (11,50 Mts), linda con el Local 16-B, ESTE: cinco metros (5 mts) lineales, linda con el local 2-B y OESTE: cinco metros (5 mts) lineales, linda con pasillo; según costa de Documento de Condominio Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha Dieciséis (16) de mayo de mil Novecientos Ochenta (1980) bajo el No. 12, Protocolo 1°, Tomo 2, y que le corresponde un porcentaje de 0,53% de la totalidad. El referido local consta de Un (01) nivel interior y una sala sanitaria. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha tres (03) de julio de 2018, quedando inscrito bajo el Numero 2014.651, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el No. 480.21.5.4.5179 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2014.

3. Cuatro (04) parcelas de terrenos, cuyos linderos y medidas individuales de cada lote son las siguientes: La primera parcela se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, calle 171, Inmueble N° 41-57, Parcela 8, Lote 4, Zona B, en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Estado Zulia, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide diecisiete metros con setenta y un centímetro (17,71 mts); SUR: Con parcela N° 15, Lote 4, Zona B y mide diecisiete metros con setenta y nueve centímetros (17.79 mts); ESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta centímetros (30.50 mts) y; OESTE: Con parcela N° 7, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cuarenta y cinco centímetros (30.45 mts). Con una superficie de QUINIENTOS CUARENTA Y UN METROS CON ONCE CENTIMETROS CUADRADOS (541,11 MTS2), según plano de mensura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomática, Simón Bolivar de la Alcadia del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011067 de fecha octubre de dos mil veintiuno (2021), La segunda Parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, Calle 171, Inmueble N° 41-39, Parcela 9, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco, y sus linderos y medidas las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide dieciocho metros con treinta y cuatro centímetros (18,34 mts); SUR: Con Parcela N° 14, Lote 4, Zona B y mide dieciocho metros con trece centímetros (18,13 mts); ESTE: Con parcela N° 10, Lote 4, Zona B y Parcela N° 11, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta y ocho centímetros (30,58 mts); y OESTE: Con parcela N° 8, Lote 4, Zona B y mide treinta metros con cincuenta centímetros (60.50 mts). Y con una superficie de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (557,17 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, singado con el N° PM 21011068 de fecha octubre de dos mil veintiuno (2021), La tercera parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto , calle 171, inmueble N° 171-08, Parcela 10, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco y sus linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Con vía Pública calle 171 y mide veintinueve metros con sesenta y seis centímetros (29,66 mts); SUR: Con Parcela N° 11, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con setenta centímetros (29,70 mts); ESTE: Con vía Pública Avenida 41 y mide quince metros con setenta y tres centímetros (15.73 mts) y OESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide quince metros con sesenta y seis centímetros (15,66 mts). Y con una superficie de CUATROCIENTO SESENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (465,93 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011069 de fecha Octubre de dos mil veintiuno (2021),Sobre esta parcela existe un construcción que fue demolida en su totalidad. La Cuarta Parcela: se encuentra ubicada en la Urb. Coromoto, calle 171, inmueble N° 171-22, Parcela 11, Lote 4, Zona B, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco, y sus linderos y medidas las siguientes: NORTE: Con parcela N° 10, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con sesenta centímetros (29,70 mts); SUR: Con parcela N° 12, Lote 4, Zona B y mide veintinueve metros con setenta y siete centímetros (29,77 mts); ESTE: Con vía publica Avenida 41 y mide catorce metros con noveta y cinco centímetros (14.95 mts) y; OESTE: Con parcela N° 9, Lote 4, Zona B y mide catorce metros con noventa y un centímetros (14,91 mts). Y con una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CON UN CENTIMETRO CUADRADOS (444,01 MTS2), según plano de mesura emitido por la Dirección de Catastro Del Instituto Municipal de Geomatica, Simon Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, signado con el N° PM 21011070 de fecha Octubre de dos mil veintiuno (2021). Unificadas estas cuatro (04) parcelas, en una (01) sola parcela de terreno con una superficie según documento de MIL NOVECIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (1.980,00 MTS2), y con una superficie según Plano de Mensura de DOS MIL OCHO METROS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (2.008,22 MTS2), quedando establecida esta unificación y medidas, en el Plano de Mensura N° PM 21011071, de fecha Octubre 2021 debidamente registrado por la Dirección de Catastaro del Instituto Publico Municipal de Geomática, Simón Bolivar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con Vía Publica Avenida 171 y mide sesenta y cinco y metros con setenta y un centímetros (65, 71 mts) SUR: Con parcela n° 12,14 y 15, Lote 4, Zona B y mide sesenta y cinco metros con sesenta y nueve centímetros (65,69 mts); ESTE: Con vía Pública Avenida 41 y mide treinta metros con sesenta y ocho centímetros (30,68 mts)) y; OESTE: Con parcela N° 7, lote 4, zona B y mide treinta metros con cuarenta y cinco centímetros (30,45 mts). Ubicada en La Urb. Coromoto, Parcelas 8,9,10 y 11, Lote 4, Zona B, Calle 171 con Av. 41, Inmueble 171-08 en Jurisdicción de la Parroquia San Francisco, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, identificado con el numero catastral: 231701U01001075025001 según oficio N° CC-CC-2021-614382, De fecha 29 de Octubre de Dos Mil Veintiuno (2021), y el mismo posee numero cívico N° 171-08, según numero de solicitud 614384 ambos emanados por la dirección de Catastro del Instituto Publico Municipal de Geomatica, Simón Bolívar de la Alcaldía del Municipio San Francisco, del Estado Zulia. Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de fecha tres (03) de diciembre de 2021, quedando inscrito bajo el (los) Número(s) 22 folios(s) 47928 del (de los) Tomo(s) 15 del Protocolo de Trascripción del presente año respectivamente.”

SEGUNDO: SE ORDENA el levantamiento de la MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por este Juzgado en fecha dieciséis (16) de octubre 2023, y la cual verso sobre unos bienes cuya propiedad recae sobre la sociedad mercantil “FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A.”, antes identificada, bienes identificados como una suma de dinero hasta cubrir el doble de la cantidad de TRECE MILLONES OCHOCIENTROS OCHO MIL SETECIENTOS SIETE BOLIVARES DIGITALES CON SEIS CENTIMOS (13.808.707,06 Bs.)

TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de lo especial del fallo.
Publíquese y regístrese. Incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justica www.tsj.gob.ve, así como en la pagina www.zulia.scc.org.ve. Déjese copia certificada por Secretaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código del Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el articulo 1.384 del Código Civil, y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; en Maracaibo, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
LA JUEZA PREVISORIA,

ABG. AILIN CACERES GARCIA

EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. JORGE ENRIQUE JARABA URDANETA