REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinitas, 15 de julio de 2024.
Años: 214° y 165°

Vistas las anteriores actuaciones, contentivas de la Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por ante el Tribunal Distribuidor en fecha 02 de Julio del 2024, por la ciudadana: OFELIA CAROLINA BECERRA ANGARITA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de las cédula de identidad Nro. V-14.172.454, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NANYIBEL ANGARITA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.115.154, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 256.644, de este domicilio; mediante la cual solicita la Declaración de Únicos y Universales Herederos de la de-cujus XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNANDEZ, quien era venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.182.606, quien falleció ab-intestato en el Instituto Diagnostico Varyna, C.A del estado Barinas, en fecha 16 de Noviembre de 2023, a consecuencia de Hipertensión Arterial, Infarto Agudo al Miocardio- parada Cardio Respiratoria, según Acta de Defunción Nro. 89, de fecha 17 de noviembre de 2023, emanada de la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas.-Este Tribunal dando cumplimiento a la Sentencia Nro. 770, expediente 04-511 de fecha 02 de junio de 2014, emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, Y vistas igualmente las declaraciones rendidas por las ciudadanas: MIRIAN ROSA RANGEL, titular de la cédula de identidad V-11.185.981, de 55 años de edad, domiciliada en la Avenida, intercomunal Barinitas - Mérida, Sector Santa Clara, frente a la Escuela José Ramón Traspuesto, callejón 4, de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, teléfono 0414-1957350, cursante al folio veintiuno (21) y YALIBETH DEL CARMEN JIMENEZ DAVILA, titular de la cédula de identidad V-16.199.823, de 40 años de edad, domiciliada en el Sector San Rafael parte Alta, Subsector la Esperanza I, Calle 1, Casa 1A-56, de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, teléfono 0424-5041375, cursante al folio veintidós (22). Quienes manifestaron lo siguiente: Primera Testigo.- PRIMERA PREGUNTA: ¿Si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ?; CONTESTÓ: “Sí, la conocí desde hace muchos tiempo porque fuimos compañeras de trabajo”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Si saben y les consta que la ciudadana XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ, falleció el día dieciséis (16) de noviembre del año 2023? CONTESTÓ: “Sí, me consta porque yo estaba en la funeraria cuando llegaron con ella, incluso la ayude a vestir”. TERCERA PREGUNTA: ¿Si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años y si de igual manera conocen a mis hermanos antes identificados?; “Sí, me la conozco suficientemente y a todos sus hermanos, e incluso Xiolimar y Juan de Jesús son mis ahijados”. CUARTA PREGUNTA: ¿Si saben y les consta que somos los únicos hijos y universales herederos de la prenombrada de cujus y que no existen otros herederos legítimos? CONTESTÓ: “Sí, es verdad son los únicos y universales herederos de la comadre Xiomara Coromoto Angarita Hernández Código de Procedimiento Civil.-y la SEGUNDA TESTIGO.-PRIMERA PREGUNTA: ¿Si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ?; CONTESTÓ: “Sí, la conozco desde hace muchos años, porque fuimos vecinas”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Si saben y les consta que la ciudadana XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ, falleció el día dieciséis (16) de noviembre del año 2023?; CONTESTÓ: “Sí, porque incluso estábamos juntas en la clínica, cuando le dio el infarto que le produjo la muerte”. TERCERA PREGUNTA: ¿Si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años y si de igual manera conocen a mis hermanos antes identificados?; “Sí, los conozco a todos desde hace muchos años”. CUARTA PREGUNTA: ¿Si saben y les consta que somos los únicos hijos y universales herederos de la prenombrada de cujus y que no existen otros herederos legítimos? CONTESTÓ: “Sí, me consta ya que ellos son los únicos herederos de la señora XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ, no hay más”.- Las testimoniales antes mencionadas se adminiculan a la copia fotostática certificada del Acta de Defunción de la De-cujus, Nro. 89, de fecha 17 de noviembre de 2023, emanada de la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante a los folios tres, folio cuatro (f. 03 y f. 04) y su vto.- copia fotostática simple de la cedula de identidad de la De-cujus XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.182.606, cursante al folio cinco (05).- Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento Nro. 581, de la ciudadana: OFELIA CAROLINA BECERRA ANGARITA, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante a los folio seis, siete (f. 06, f. 07) y su vto.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana OFELIA CAROLINA BECERRA ANGARITA, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.172.454 cursante al folio ocho (f. 08).-Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento Nro. 545, de la ciudadana: XIOLIMAR DEL VALLE TORRES ANGARITA, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante al folio nueve, (f. 09) y su vto.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana XIOLIMAR DEL VALLE TORRES ANGARITA, titular de la cedula de identidad Nro. V-28.728.923, cursante al folio diez (f. 10).-Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento Nro. 28, del ciudadano: JUAN DE JESUS ANGARITA HERNANDEZ, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante al folio once, (f. 11) y su vto.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del ciudadano JUAN DE JESUS ANGARITA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-25.316.025, cursante al folio doce (f. 12).-Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento Nro. 606, del ciudadano: LEONARDO JOSE BECERRA ANGARITA, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante al folio trece, (f. 13) y su vto.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del ciudadano LEONARDO JOSE BECERRA ANGARITA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 18.290.310, cursante al folio catorce (f. 14).-Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento Nro. 732, del ciudadano: JEAN CARLOS BECERRA ANGARITA, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, cursante al folio quince, (f. 15) y su vto.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del ciudadano JEAN CARLOS BECERRA ANGARITA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 16.514.166, cursante al folio dieciséis (f. 16).- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana MIRIAN ROSA RANGEL, titular de la cédula de identidad V-11.185.981, cursante al folio diecisiete (f. 17).- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la ciudadana YALIBETH DEL CARMEN JIMENEZ DAVILA, titular de la cédula de identidad V-16.199.823, cursante al folio dieciocho (f. 18).-En fecha 03 de julio de 2024, el Tribunal dictó auto dando entrada a la presente solicitud, cursante al folio diecinueve (f. 19).- En fecha 04 de julio de 2024, el Tribunal dictó auto de admisión, asimismo, fija el tercer día siguiente a las (10:00 a.m) de la mañana, y diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m) para recibir la declaración de las testigos MIRIAN ROSA RANGEL, titular de la cedula de identidad Nro. V- 11.185.981 y YALIBETH DEL CARMEN JIMENEZ DAVILA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 16.199.823. En consecuencia, la Declaración de Únicos y Universales Herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil Venezolano en concordancia con los artículo 429 y 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: como Únicos y Universales Herederos de la De-Cujus XIOMARA COROMOTO ANGARITA HERNANDEZ, quien era venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.182.606, quien falleció ab-intestato en el Instituto Diagnostico Varyna, C.A del estado Barinas, en fecha 16 de Noviembre de 2023, a consecuencia de Hipertensión Arterial, Infarto Agudo al Miocardio- parada Cardio Respiratoria, según Acta de Defunción Nro. 89, de fecha 17 de noviembre de 2023, emanada de la Unidad de Registro Civil de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar estado Barinas, a los ciudadanos: OFELIA CAROLINA BECERRA ANGARITA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.172.454, XIOLIMAR DEL VALLE TORRES ANGARITA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 28.728.923, JUAN DE JESUS ANGARITA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.316.025, LEONARDO JOSE BECERRA ANGARITA, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.290.310, JEAN CARLOS BECERRA ANGARITA titular de la cédula de identidad Nro. V-16.514.166 (en calidad de hijos).- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Este Tribunal ordena devolver la presente solicitud con sus respectivas resultas a la solicitante. Por último cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.


NORIS A. ROMERO F.
Jueza Titular del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas
YSABEL VILLEGAS
Secretaria Titular



En esta misma fecha siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se publicó y registró la anterior decisión. Conste
La Secretaria




Exp. S-2024-203
NR/sd