REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinitas, 31 de mayo del 2024.
Años. 214º y 165º.

Vistas las anteriores actuaciones, contentivas de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, realizada por ante las Jornadas de los Tribunales Móviles, realizados en el Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en esta misma fecha, constante de, tres (03) folios útiles y anexos en quince (15) folios, presentada por la ciudadana: ROSALIA DEL VALLE ROJAS CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.265.276, oficio ama de casa, viuda, civilmente hábil, domiciliada en la Urbanización “Moromoy 2, vereda 7, casa N° 8, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar estado Barinas, actuando en su condición de cónyuge del difunto JESUS MANUEL CALDERON CAMACHO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.136.543 y domiciliado en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, debidamente ASISTIDA por la Defensoría Pública Provisoria con Materia Civil, Mercantil y Transito, abogada: STEPHANIE ANDREINA VASQUEZ CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.185.500 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 187.476, correo electrónico: dp1stephaniecivil@gmail.com, adscrita a la unidad a la unidad de Defensa Pública del estado Barinas, designada según Resolución N° DDPG-2023-528, de fecha 23 de agosto de 2023, correspondiendo por su distribución a este Tribunal, mediante la cual solicita la declaración de únicos y universales herederos del de-cujus JESUS MANUEL CALDERON CAMACHO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.136.543 y domiciliado en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, fallecido ab-intestato en fecha 12 de febrero de 2021, en el Hospital Nuestra Señora del Carmen, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas. Vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos YASBEL NACARY CAMACHO CAMACHO, venezolana, mayor de edad, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 19.350.213, soltero, de profesión Licenciada en educación, y domiciliado en la Urbanización Moromoy II, Vereda I casa N° 30, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, y el ciudadano. HECTOR LUIS PARRA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 1.582.852, soltero, de profesión comerciante, y domiciliado en la calle 5 N° 7-45, Parangulita, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, quiénes impuestos del motivo de su comparecencia y de las Generales de Ley, relativos a la inhabilidad de testigos, dijeron estar dispuesto a declarar. La Primera de ellos manifestó lo siguiente: a la Primera Pregunta: CONTESTÓ: si, manifestó conocerlo. Segunda Pregunta. CONTESTÓ: si, se y me costa que murió ese día. Tercera Pregunta. CONTESTÓ: si, los conozco desde que nací. Cuarta Pregunta. CONTESTÓ: Sí, me consta. Quinta Pregunta. CONTESTÓ: Si me imagino porque no le conoce más hijos ni mujer. SEXTA, CONTESTÓ: bueno primero porque los conozco desde hace varios años y soy vecina desde que nací, conozco a sus hijos RONNIEL, RONALDO Y JESULYS. No hay más preguntas. El segundo de ellos manifestó lo siguiente: y a la Primera Pregunta: CONTESTÓ: si, lo conozco de vista trato y comunicación. Segunda Pregunta. CONTESTÓ: si, me consta que falleció ese día. Tercera Pregunta. CONTESTÓ: si los conozco de vista trato y comunicación. Cuarta Pregunta. CONTESTÓ: si, me consta que tienen tres hijos RONNIEL JESÚS Y JESULYS. Quinta Pregunta. CONTESTÓ: si, sabe y le consta porque no tiene más hijos. SEXTA, CONTESTÓ: bueno porque fui vecino por más de 40 años y tuvieron una amistad muy cercana. No hay más preguntas. Las testimoniales antes mencionadas se adminiculan a la copia certificada de acta de: defunción del de-cujus JESUS MANUEL CALDERON CAMACHO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.136.543 y domiciliado en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, fallecido ab-intestato en fecha 12 de febrero de 2021, en el Hospital Nuestra Señora del Carmen, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, asentada por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas, bajo el N° 27, de fecha 18/02/2021, así como la Copia de cedula del de- cujus, inserta al folio seis (06), Copia Certificada de Unión Estable de Hecho, entre el ciudadano. HECTOR LUIS PARRA ACOSTA y la ciudadana. ROSALIA DEL VALLE ROJAS CARVAJAL, supra identificados, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, de fecha 09/02/2021, Partida de Nacimiento del ciudadano. JESUS RONNIEL CALDERON ROJAS, expedida por la Prefectura de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, signada con el Nº 313, de fecha 14/05/1.984, así como la copia de cedula inserta al folio once (11); Copia Certificada de Partida de Nacimiento del ciudadano. JESUS RONNALDO CALDERON ROJAS, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Barinas estado Barinas, signada con el Nº 350, de fecha 01/06/1995, así como la copia de cedula inserta al folio trece (13); Copia Certificada de Partida de Nacimiento de la ciudadana. JESULYS SARAIS CALDERON ROJAS, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Barinas estado Barinas, signada con el Nº 614, de fecha 30/11/2000, así como la copia de cedula inserta al folio quince (15) de la presente solicitud, donde se evidencia que ciertamente los ciudadanos anteriormente nombrados, son los la cónyuge e hijos del De- Cujus JESUS MANUEL CALDERON CAMACHO. En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 49 y 257 de la CRBV, artículos 807, 808, 822, 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, así como los lineamientos del Tribunal Supremo de Justicia, realizando una Justicia Expedita: declara como únicos y universales herederos del de-cujus JESUS MANUEL CALDERON CAMACHO quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.136.543 y domiciliado en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, fallecido ab-intestato en fecha 12 de febrero de 2021, en el Hospital Nuestra Señora del Carmen, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, asentada por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas, bajo el N° 27, de fecha 18/02/2021, a los ciudadanos. ROSALIA DEL VALLE ROJAS CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.265.276 (en su condición de cónyuge) y los ciudadanos. JESUS RONNIEL CALDERON ROJAS, JESUS RONNALDO CALDERON ROJAS y JESULYS SARAIS CALDERON ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.513.362, V-23.001.209 y V-27.986.500 respectivamente, domiciliados en el estado Barinas (en su condición de hijos). Se dejan a salvo los derechos de terceros. Se ordena expedir por Secretaría (02) juegos de Copias Certificadas, solicitadas por las partes.

La Juez Temporal,

Abog. Nieves Carmona.
La Secretaria Titular,

Abog. Olga Morelia Flores U.














Solicitud Nro. 2024-517.
NC/yt