REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 16 de octubre de 2024
214° y 165º
Vista la solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria, presentada en horas de despacho del día 11 de octubre de 2024; Por el ciudadano José Ramón Sosa Vielma, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.141.622, representado judicialmente por la abogada Dayana Katerine Oviedo, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.011.427, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 191.348; este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE dicha solicitud, a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta dicha pretensión, estima este Juzgado necesario realizar una Inspección Judicial, en el lote de terreno denominado “Nuestro Futuro” ubicada en el Sector Los Tanques, Parroquia Domingo Ortiz de Páez, contentivo de Ciento Ochenta y Nueve Hectáreas con Dos Mil Setecientos Quince Metros Cuadrados (189 has con 2715 m2). Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos Ocupados por Domingo Hernández; SUR: Terrenos Ocupados por la Finca Agua Clara, ESTE: Terrenos Ocupados por Freddy Mora y Enrique Angarita y OESTE: Terrenos Ocupados por Emiliano Escalona y Joaquín Franco; en consecuencia, este Tribunal fija la oportunidad para la práctica de la inspección judicial mediante auto separado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los dieciséis días (16) días del mes de octubre de 2024.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres
En la misma fecha, siendo las dos y media 2:30 p.m, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el número___, y se resguardo el archivo digital a los fines de su registro y archivo como copiador de sentencias llevado por este Tribunal,. Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres
Exp. Nº 5967-2024
LED/AT/MP
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