Se inició el presente: RECONOCIMIENTO DE FIRMA Y CONTENIDO DE DOCUMENTO PRIVADO presentado por el ciudadano: RAFAEL ANGEL GUEVARA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-19.193.999, domiciliado en el sector el Chorro, calle la Paz, casa s/n, Parroquia Libertad, Municipio Rojas del Estado Barinas; llevado en la solicitud signado con el Nº 029-24, de la nomenclatura particular de este Tribunal, en fecha 07-08-2024
Por recibido el anterior escrito, contentivo de RECONOCIMIENTO DE FIRMA Y CONTENIDO DE DOCUMENTO PRIVADO formulada por el ciudadano: RAFAEL ANGEL GUEVARA CASTILLO identificado plenamente con anterioridad, debidamente asistido por el abogado en ejercicio GULLERMO FERNANDO GOMEZ GARCIA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-17.550.785, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 246-896.
Después de haberse realizado una revisión pormenorizada de las actas procesales que conforman la solicitud se observa que se trata la presente causa de un procedimiento el cual se encuentra previsto en el Código de Procedimiento Civil, en su artículo 444, en consecuencia, se admite en fecha 07-08-2024, por no ser contraria a derecho, bajo el Nº S- 029-24, y se libra boletas de citación a la ciudadana: JULIA SEOMARA MENDOZA PACHECO venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-4.931.036, domiciliada en el sector el barrio Santa Rosa , calle Concordia , casa s/n , Parroquia Libertad, Municipio Rojas, Estado Barinas.
En fecha 12-08-2024, diligencio el Alguacil consignando boletas de citación de la ciudadana: JULIA SEOMARA MENDOZA PACHECO, debidamente firmada.
En fecha, 08-10-2024, siendo las 9:00 a.m, rindió declaración de reconocimiento de contenido y firma del documento la ciudadana: JULIA SEOMARA MENDOZA PACHECO, identificada ya plenamente en autos.
La presente solicitud trata sobre reconocimiento de contenido y firma de documento privado de un “CONTRATO DE COMPRA-VENTA” de un inmueble constituido por un conjunto bienhechurías que conforman una casa de habitación familiar de DOSCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (212,68 mts2) de construcción, sobre una parcela de terreno municipal , que no es parte de la venta , y comprende los siguientes linderos: NORTE: Con residencia de Malu Mora y Fredy Mendoza, con una extensión de dieciocho metros con cuarenta y seis centímetros (18,46 mts). SUR. Con residencia de Juan Leal, con una extensión de dieciocho metros con cuarenta centímetros (18,40mts), ESTE: calle Independencia , con una extensión de doce metros con quince centímetros (12,15mts) OESTE: Con residencia de Carmen Colmenares, con una extensión de diez metros con noventa y tres centímetros (10,93 mts) , ubicada en el Barrio el Chorro , calle independencia, parroquia Libertad, Municipio Rojas del Estado Barinas, con un costo de CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES EXACTOS (59.755,00 Bs), equivalentes a mil setecientos dólares americanos (1.700,00 $ ), esto a razón de la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (35,15 Bs) , para la fecha. ASÍ SE DECIDE.
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