Santa Rosa, 11 de Abril del 2025
214° y 166°




SOLICITUD Nº 133-2025
SOLICITANTE: CARMEN TERESA RIVERO SOTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.075.267.
ABOGADO ASISTENTE: NEUDO FERMÍN BARRIOS ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.072.511, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.261.646.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
(DECRETO CON LUGAR)

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana CARMEN TERESA RIVERO SOTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.075.267, teléfono Whatsapp (+58) 0412-9300698, correo electrónico neudobarrios@gmail.com y domiciliada en el sector 19 de Abril de la población de Arauquita de la Parroquia Simon Rodríguez del Municipio Pedro Manuel Rojas Mercado del Estado Barinas, asistida en este acto con Poder Apud Acta por el Profesional del Derecho en ejercicio NEUDO FERMÍN BARRIOS ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.072.511, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.261.646, teléfono Whatsapp (+58) 0426-2793649, correo electrónico neudobarrios@gmaol.com con domicilio procesal en la Calle Concordia de la Parroquia libertad, Municipio Rojas del Estado Barinas que se sustancia en la solicitud 133-2025, nomenclatura particular de este Tribunal.

Alega el solicitante en su escrito libelar lo siguiente:
“…con el objeto de obtener Titulo Supletorio Sobre unas mejoras o bienhechurias construidas en una parcela de terreno Ejido Urbano adjudicada en Arrendamiento otorgado por el Consejo Municipal del Municipio Rojas del Estado Barinas en Sesión Ordinaria Nº 10, Acta Nº 12 de fecha 09/05/2023 y debidamente Protocolizado ante la oficina de Registro Publico del Municipio Rojas Estado Barinas, en fecha 13 de Septiembre de 2024, bajo el Numero 2024.51 Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº 293.5.7.4.113 y corresponde al Libro de Folio Real del año 2024, ubicada en el Sector 19 de Abril de la Población de Arauquita, Parroquia Simon Rodríguez del Municipio Pedro Manuel Rojas Mercado Estado Barinas, con un área de MIL NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS( 1,093.4 Mts2) construido unas mejoras consistentes en: una (01) casa de habitación desarrollada con columnas de concreto y cabillas, viga de amarre y viga de carga de concreto, techo de acerolit, instalaciones sanitarias y eléctricas, aguas blancas y servidas, las paredes están construidas con bloques de cemento revestidas con frisos acabado liso, piso de cemento rústicos, puertas y ventanas de hierro, el área total de la construcción es de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (35mts2), distribuidos de la siguiente forma: tres (03) habitaciones, una (01) sala cocina, dos (02) baños con sus respectivos accesorios y un (01) porche, todas las paredes pintadas a base de caucho, la estructura metálica con pintura a base de aceite y dentro de los linderos siguientes: NORTE: Calle 24 de Julio; SUR: María Martínez; ESTE: Calle Domingo Villegas y OESTE: Eudimary Montezuma, …” Careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias que describe; solicita a este Tribunal se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada ante este Despacho para asegurar el derecho de propiedad sobre las referidas bienhechurias. …” (Cursiva del tribunal)

SIENDO LA OPORTUNIDAD LEGAL PARA DECIDIR EL TRIBUNAL OBSERVA:
La solicitante consignó a los autos como medios probatorios los siguientes documentos:
1.- Original del documento de contrato de arrendamiento de un lote de Terreno Ejido Municipal Protocolizado ante la oficina de Registro Publico con funciones Notariales del Municipio Rojas Estado Barinas, el día 13 de Septiembre de 2024, bajo el Numero 2024.51, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 293.5.7.4.113 y corresponde al Libro de Folio Real del año 2024, el cual riela al folio (04,05,06 y 07) de la presente causa. Se aprecian en todo su valor para comprobar sus contenidos como documentos públicos de acuerdo con lo previsto en los artículos 1.357, 1.359, 1.360 del Código Civil y 429 del Código de Procedimiento Civil.
2.- Copia simple del Levantamiento topográfico por la oficina Municipal de catastro, el cual riela al folio ocho (08) de la presente causa.
3.- Copia de la cedula de identidad de la solicitante el cual riela al folio catorce (14) de la presente causa.
4.- Copias de las cédulas de identidad del solicitante el cual riela al folio nueve (09) de la presente causa.
5.- Copias de las cédulas de identidad de las testimoniales el cual riela al folio diez y once (10,11) de la presente causa.
6.- Original Autorización para levantar y registrar titulo supletorio emitido por la Oficina del Consejo Municipal del Municipio Pedro Manuel Rojas Mercado del Estado Barinas, el cual riela al folio doce (12) de la presente causa.
6.- Original Poder Apud Acta otorgado por la solicitante, el cual riela al folio trece (139 de la presente causa.