REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinitas, 21 de abril del 2025.
Años. 215º y 166
Vistas las anteriores actuaciones, contentivas de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, presentada por la ciudadana. YELITZA ZULAY ROSARIO DE ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. V- 12.239.142, correo electrónico yelitzarosario26@gmail.com teléfono celular 0414-3529937, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS MANUEL ARCHILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.149.313, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 249.509, teléfono 0424-5059934, correo electrónico: carlosmarchilam@gmail.com y de éste domicilio, actuando en su condición de cónyuge del de-cujus ciudadano: JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.878.688 y de éste domicilio solicitando se les declare como únicos y universales herederos, del de-cujus JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, supra identificado, quien falleció en fecha 08 de noviembre del año 2023, en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, tal como puede evidenciarse del Acta de Defunción de fecha 09 de noviembre del 2023, signada con el N° 084, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar Estado Barinas, inserta al folio ocho (08) y su vto, correspondiendo por su distribución a éste Tribunal, en fecha 02/04/2025, dándosele entrada y admitiéndose la presente solicitud, cuanto ha lugar en derecho en fecha 07/04/2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, el Tribunal fijó, las nueve de la mañana (09:00 a.m.), nueve y treinta (09:30am) y diez de la mañana (10:00am), del tercer (03) día de despacho siguiente a aquel, para recibir declaración a los testigos promovidos por la parte interesada, como se dijo supra la accionante solicita la declaración de Únicos y Universales Herederos del de-cujus JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, supra identificado. Vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos: GUSTAVO ENRIQUE TARAZONA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.063.259, soltero, de profesión comerciante, y domiciliado, en la Urbanización el Paraíso, calle 2, casa N° 111, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas y la ciudadana MIREYA DEL CARMEN MORENO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.268.079, soltera, de profesión educadora, y domiciliada, en el Barrio el Molino, calle 8, casa N° 3-76, Municipio Barinas, del estado Barinas, quiénes impuestos del motivo de su comparecencia y de las Generales de Ley, relativos a la inhabilidad de testigos, dijeron estar dispuestos a declarar. El Primero de ellos manifestó lo siguiente: a la Primera Pregunta. CONTESTÓ: Si, la conozco porque vivo al lado de ellos y soy vecino de su casa y conocí durante muchos años al difunto Julian Almeida. Segunda Pregunta. CONTESTÓ: Sí, me consta que yo estuve en ese matrimonio. Tercera Pregunta. CONTESTÓ: Si, me consta conozco a RANDY y GENESIS desde pequeños. Cuarta Pregunta. CONTESTÓ: Sí, me consta porque nosotros fuimos testigos de su enfermedad y de su fallecimiento. Quinta Pregunta. CONTESTÓ: Sí, conozco a Zulay a RANDY y GENESIS, y me consta que son los únicos herederos, yo los conozco desde pequeño. Es todo. Terminó el acto. La segunda de ellos manifestó lo siguiente: a la Primera Pregunta. CONTESTÓ: Si, conozco a la señora Yelitza de Almeida desde hace muchos años y al señor Julián Almeida lo conocí desde hace muchos años trabajaba en el Liceo Militar de aquí de Barinitas. Segunda Pregunta. CONTESTÓ: Sí, me consta que ellos contrajeron matrimonio en el Municipio Cruz Paredes, específicamente en Barrancas de este estado Barinas. Tercera Pregunta. CONTESTÓ: Sí, lo sé y me consta que procrearon dos hijos de nombre Randy Almeida y Génesis Thais Almeida. Cuarta Pregunta. CONTESTÓ: Sí, lo sé y me consta que falleció en el hospital de aquí de Barinitas de Nuestra Señora del Carmen. Quinta Pregunta. CONTESTÓ: Sí, lo sé y me consta que ellos son los únicos herederos del señor Julián Alberto Almeida Castro. Es todo. Las testimoniales antes mencionadas se adminiculan de la copia certificada de acta de: defunción del de-cujus. JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.878.688 y de éste domicilio, quien falleció en fecha 08 de noviembre del año 2023, en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, tal como puede evidenciarse del Acta de Defunción de fecha 09 de noviembre del 2023, signada con el N° 084, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar Estado Barinas, inserta al folio ocho (08) y su vto; así como la Copia de cedula del de- cujus, inserta al folio once (11), Copia Certificada de Acta de Matrimonio de la ciudadana. YELITZA ROSARIO DE ALMEIDA y del de- cujus. JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, supra identificados, tal como puede evidenciarse del Acta de Matrimonio de fecha 16/09/1995, signada con el N° 09, expedida por el Registro Civil del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, inserta a los folios cuatro al seis (04 al 06) y su vto, así como las copias de las cedulas de identidad, de los mencionados ciudadanos, inserta a los folios once y doce (11 y 12), Copia Certificada de Partida de Nacimiento del ciudadano RANDY GABRIEL, expedida por el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas, signada con el Nº 453, de fecha 27/05/1998, inserta al folio nueve (09) y su vto, así como la copia de cedula inserta al folio trece (13), Copia fotostatica Certificada de Acta de Nacimiento perteneciente a la ciudadana GENESIS THAIS, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar, Estado Barinas, signada con el Nº 125, de fecha 27/03/2003, inserta al folio diez (10) y su vto, así como la copia de cedula inserta al folio catorce (14) de la presente solicitud, donde se evidencia que ciertamente los ciudadanos anteriormente nombrados, son la viuda y los hijos del De- Cujus JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO. En consecuencia, la Declaración de Únicos y Universales Herederos, es procedente en derecho, razón por la cual éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 257 CRBV, 1357 Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 429 del CPC, 155 de la LORC y 807, 808, 822, 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como Únicos y Universales Herederos del de-cujus JULIAN ALBERTO ALMEIDA CASTRO, supra identificado, quien falleció en fecha 08 de noviembre del año 2023, en Barinitas Municipio Bolívar estado Barinas, tal como puede evidenciarse del Acta de Defunción de fecha 09 de noviembre del 2023, signada con el N° 084, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, a los ciudadanos YELITZA ZULAY ROSARIO DE ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.239.142 (en su condición de cónyuge) y sus hijos: RANDY GABRIEL ALMEIDA ROSARIO y GENESIS THAIS ALMEIDA ROSARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 26.247.355 y V-29.885.326 en su orden, y de éste domicilio. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Se ordena expedir por Secretaría Cinco (05) juegos de copias certificadas, solicitadas por la parte actora.
La Juez Temporal,
Abg. Nieves Carmona.
La Secretaria Titular,
Abg. Olga Morelia Flores U.
Solicitud Nro. 2025-568.
NC/jt.
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