REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinitas, 18 de Diciembre de 2025.
Años: 215° y 166°


SOLICITUD: 2025-290
SOLICITANTE: MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.026.074, civilmente hábil, domiciliada en La Urbanización Francisco de Miranda, Parroquia Ramón Ignacio Méndez Municipio Barinas Estado Barinas, teléfono 0424-5224348
ABOGADA ASISTENTE: KAREN SABRINA RAMIREZ ROSALES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, I.P.S.A. bajo el N° 323.300; designada mediante Resolución DDPG-2025-032, de fecha 04 de Febrero del 2025, correo electrónico sabrinadefensoradp1cmt@gmail.com, teléfono (0424)5724150
MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.-

DECRETO

En fecha dieciocho (18) de Diciembre del año dos mil veinticinco (2025), se recibió por ante este Tribunal, encontrándose en el Operativo del Tribunal Móvil, ubicado en la Biblioteca Pública “Enriqueta Arvelo Larriva e Infocentro” de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, de conformidad con lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, por la ciudadana MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT; constante de tres folios útiles y veintitrés anexos.-
Manifiesta la solicitante que en fecha 20 de septiembre del año 2025, falleció ab intestato, por insuficiencia respiratoria aguda, síndrome de hipertensión, en el Hospital Dr. Luis Razetti, mi Padre el ciudadano: SIXTO MARIA GARCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.477.256, tal como consta en el Acta de Defunción N° 1046, expedida por la Unidad de Registro Civil del Hospital “Dr. Luis Razetti” de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas del estado Barinas, que el prenombrado de-cujus era padre de los ciudadanos: SIXTO JOSE GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.678, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 45, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 05 de abril de 2011, RICHARD EDUARDO GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.677, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 6, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de diciembre de 2025, MARIA ESTHER GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.041.698, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 02, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025, ESTHER MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.408.645, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 04, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025, ADILIA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.408.644, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 29, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de octubre de 2025, MARÍA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de nacimiento Nº 36, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025, DULCE MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.487.646, tal como se evidencia de las copia certificada del acta de nacimiento Nº 25, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Noviembre de 2010, MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-23.026.074, tal como se evidencia de la copia simple del acta de nacimiento Nº 159, emitida por la Prefectura Catedral Parroquia Barinas, municipio Barinas del estado Barinas, de fecha 04 de febrero de 2015, y a su esposa ROSA ARMILA MONSERRATT venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.132.777, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 02, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 03 de mayo de 1989,; en consecuencia, solicitan que se les declare como únicos y universales herederos del causante SIXTO MARIA GARCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.477.256.- En vista de los hechos anteriormente descritos y en el carácter que ostentan como hijos y esposa por lo tanto sucesores del fallecido, solicitan respetuosamente a este Tribunal a los fines de comprobar mediante los testigos: JOHEL ALFONSO FAJARDO MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.099.651, de 35 años de edad, domiciliado en la Urbanización Dominga Ortiz de Páez del estado Barinas, teléfono 0412-8363650, correo electrónico johelfajardo@gmail.com y LUIS CARLOS PALMERO ALMEIDA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.117.639, de 40 años de edad, domiciliado en el Barrio Corocito , Municipio Barinas del estado Barinas, teléfono 0414-5206361, correo electrónico luiscarlosplameiro@hotmail.com; la filiación y parentesco entre él de cujus y sus herederos; así como también demostrar que los ciudadanos SIXTO JOSE GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.678, RICHARD EDUARDO GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.677, MARIA ESTHER GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.041.698, ESTHER MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.408.645, ADILIA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.408.644, MARÍA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, DULCE MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.487.646, MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-23.026.074, en calidad de hijos y ROSA ARMILA MONSERRATT venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.132.777, en calidad de cónyuge, son los Únicos y Universales Herederos.- En esta misma fecha se recibió, se le dio entrada a la presente Solicitud Declaración de Únicos y Universales Herederos, se ordenó formar expediente y cumplidos como fueron los extremos de Ley por consiguiente se admitió de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Ahora bien, pasa este Tribunal a valorar las documentales y testimoniales aportadas por la solicitante, up supra identificada, al respecto consigna lo siguiente:
• Copia certificada del Acta de Defunción Nº 1046, emitida por la oficina de Registro Civil del Hospital “Dr. Luis Razetti” en fecha 20 de septiembre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano SIXTO JOSE GARCIA MONSERRATT, Nº 45, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 05 de abril de 2011.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano RICHARD EDUARDO GARCIA MONSERRATT, Nº 6, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de diciembre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA ESTHER GARCIA MONSERRATT, Nº 02, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana ESTHER MARIA GARCIA MONSERRATT, Nº 04, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana ADILIA MARIA GARCIA MONSERRATT, Nº 29, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de octubre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARÍA MARIA GARCIA MONSERRATT, Nº 36, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Diciembre de 2025.
• Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana DULCE MARIA GARCIA MONSERRATT, Nº 25, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 02 de Noviembre de 2010.
• Copia simple del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT, Nº 159, emitida por la Prefectura Catedral Parroquia Barinas, municipio Barinas del estado Barinas, de fecha 04 de febrero de 2015
• Copia certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos: SIXTO MARIA GARCIA y ROSA ARMILA MONSERRATT Nº 02, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado Apure, de fecha 03 de mayo de 1989
Se aprecian en todo su valor las documentales y testimoniales antes descritas, para comprobar sus contenidos como documentos públicos, conforme lo dispuesto en los Artículos 12, 429, 507, 509 y 510 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 113, 1.357, 1.359, 1.360 y 1.384 del Código Civil, de las cuales se puede evidenciar, el fallecimiento de la causante, en fecha cierta; así como verificar la filiación existente entre los ciudadanos: Sixto Jose Garcia Monserratt, Richard Eduardo Garcia Monserratt, Maria Esther Garcia Monserratt, Esther Maria Garcia Monserratt, Adilia Maria Garcia Monserratt, María Maria Garcia Monserratt, Dulce Maria Garcia Monserratt y Maria Rosa Garcia Monserratt, en calidad de hijos y Rosa Armila Monserratt en calidad de cónyuge, del causante Sixto Maria Garcia, supra identificados, por lo tanto, queda comprobada sus cualidades como Únicos y Universales Herederos. Y ASÍ SE DECIDE.-
• Copias simple de las cédula de identidad de los testigos, ciudadanos: JOHEL ALFONSO FAJARDO MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V-20.099.651 y LUIS CARLOS PALMERO ALMEIDA, titular de la cédula de identidad N° V-17.117.639.
• Copias simples de las cédulas de identidad de los Solicitantes; dichos documentos merecen fe de los hechos que contienen, por ser el documento idóneo de identificación de las personas naturales, conforme con lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación. Con lo que se demuestra la identidad de los peticionarios. Y ASÍ SE DECIDE.-
Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, estando en el Operativo de Tribunales Móviles, ubicado en la Biblioteca Pública “Enriqueta Arvelo Larriva e Infocentro” de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: SIXTO JOSE GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.678, RICHARD EDUARDO GARCIA MONSERRATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.677, MARIA ESTHER GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.041.698, ESTHER MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.408.645, ADILIA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.408.644, MARÍA MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, DULCE MARIA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.487.646, MARIA ROSA GARCIA MONSERRATT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-23.026.074, en su carácter de hijos y ROSA ARMILA MONSERRATT venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.132.777, en calidad de cónyuge del de-cujus SIXTO MARIA GARCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.477.256, en su condición de Únicos y Universales Herederos; Vocación Hereditaria, que le deviene conforme al artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas a los solicitantes. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente decreto; Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia; Se acuerda expedir copia certificada del presente decreto y el auto de cumplida a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en el Operativo de Tribunales Móviles, ubicado en la Biblioteca Pública “Enriqueta Arvelo Larriva e Infocentro” de la parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinitas a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de año dos mil veinticinco (2025). Años 215º de la Independencia y 166º de la Federación.





ABG. JHONNY M. TORO
Juez Suplente del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.
Abg. YSABEL VILLEGAS
Secretaria Titular

En esta misma fecha siendo las cinco y quince minutos de la tarde (05:15 p. m.), se publicó y registró la anterior decisión. Conste_______________________
La Secretaria



S-2025-290
JT