REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 09 de enero de 2025
214º y 165º
SOLICITANTE: Ana Angustias Mora Vera, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-15.565.945
REPRESENTANTE JUDICIAL: Abogados Miriam Ismelda Cuellar y Alí Macario Rivas, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros° V.-13.682.830 y V.- 11.710.696, inscritos en los Inpreabogado bajo los N° 242.472 y 177.034.
MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL
EXP. N° JA1B-5809-2021.
En fecha 13/12/2021, la ciudadana Ana Angustias Mora Vera, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.565.945, representada por los abogados Miriam Ismelda Cuellar y Alí Macario Rivas, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 242.472 y 177.034, presentó escrito en el que solicitó MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL, en fecha 17/02/2022 el Tribunal decretó MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL a favor del predio “EL PORVENIR”.
Ahora bien, estima pertinente este Juzgador realizar las siguientes consideraciones: es de rango constitucional el deber del Estado de garantizar la seguridad alimentaria de la Nación, desarrollado el mismo en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es así que al Juez agrario le ha sido legalmente otorgada la potestad para garantizar el mantenimiento de la seguridad agroalimentaria de la Nación; en el caso bajo análisis, en cumplimiento de tal mandato, en fecha 17/02/2022, este Tribunal otorgó MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL, en favor del predio “EL PORVENIR”, ubicado en el sector Hato Santa Cruz, de la Parroquia San Silvestre, Municipio Barinas del Estado Barinas, conformado por un lote de terreno de Cuarenta y nueve hectáreas con nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco metros cuadrados (49 has con 9445 mts2), dentro de los siguientes linderos NORTE: Terrenos ocupado por Miki Colantuoni; SUR: Terrenos ocupado Miki Colantuoni y Simeón Hernández; ESTE: Terrenos ocupado por Maribel Moreno y OESTE: Terrenos ocupados por José Vivas y Gilbert Pérez; con una temporalidad de Veinticuatro (24) meses.
Expuesto lo anterior se observa: en el caso específico bajo análisis, ha transcurrido hasta la presente fecha, un lapso superior a once (11) meses, de haberse vencido la referida Medida, y la parte interesada no presentó ante este Órgano Jurisdiccional demostración de actividad productiva para la extensión de la medida otorgada.
En sintonía con lo antes expuesto, resulta procedente levantar la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA Y AMBIENTAL a favor del predio denominado “EL PORVENIR”, ubicado en el sector Hato Santa Cruz, de la Parroquia San Silvestre, Municipio Barinas del Estado Barinas, conformado por un lote de terreno de Cuarenta y nueve hectáreas con nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco metros cuadrados (49 has con 9445 mts2), dentro de los siguientes linderos NORTE: Terrenos ocupado por Miki Colantuoni; SUR: Terrenos ocupado Miki Colantuoni y Simeón Hernández; ESTE: Terrenos ocupado por Maribel Moreno y OESTE: Terrenos ocupados por José Vivas y Gilbert Pérez De igual manera, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, asimismo, su remisión al archivo judicial del estado Barinas, en la oportunidad correspondiente.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 807, y se expidió copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado. Se archivó el presente expediente en el libro correspondiente bajo el N° 1653 constante de una pieza con treinta y seis (36) folios útiles. Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.
LED/AT/D.H.-
EXP N° JA1B-5809-2021.
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