REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 09 de enero de 2025
214º y 165º
SOLICITANTE: Oviel Enrrique Castillo Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.521.088
REPRESENTANTE JUDICIAL: Abogado Jorge Luis Rivas Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-8.144.310 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.997
MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA
EXP. N° JA1B-5889-2023.
En fecha 24/08/2023, el ciudadano Oviel Enrrique Castillo Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.521.088, representado por el abogado Jorge Luis Rivas Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.997, presentó escrito en el que solicitó MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, en fecha 13/10/2023 el Tribunal decretó MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA a favor del predio “GRANJA EL PIÑAL”.
Ahora bien, estima pertinente este Juzgador realizar las siguientes consideraciones: es de rango constitucional el deber del Estado de garantizar la seguridad alimentaria de la Nación, desarrollado el mismo en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es así que al Juez agrario le ha sido legalmente otorgada la potestad para garantizar el mantenimiento de la seguridad agroalimentaria de la Nación; en el caso bajo análisis, en cumplimiento de tal mandato, en fecha 13/10/2023, este Tribunal otorgó MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, en favor del predio “GRANJA EL PIÑAL”, ubicado en Palma Sola, Sector Vista Hermosa; Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas del estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Cinco Hectáreas con Mil Doscientos Ochenta y Siete Metros Cuadrados (05 Has con 1.287 m2), dentro de los siguientes linderos Norte: Terrenos ocupado por Luis Esteves y vía de penetración; Sur: Terrenos ocupados por Alba Sánchez y vía de penetración; Este: Terrenos ocupados por Floralba Sánchez; y Oeste: Terrenos ocupados por Luis Esteves; con una temporalidad de Doce (12) meses.
Expuesto lo anterior se observa: en el caso específico bajo análisis, ha transcurrido hasta la presente fecha, un lapso superior a dos (02) meses, de haberse vencido la referida Medida, y la parte interesada no presentó ante este Órgano Jurisdiccional demostración de actividad productiva para la extensión de la medida otorgada.
En sintonía con lo antes expuesto, resulta procedente levantar la MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA a favor del predio denominado “GRANJA EL PIÑAL”, ubicado en Palma Sola, Sector Vista Hermosa; Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas del estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Cinco Hectáreas con Mil Doscientos Ochenta y Siete Metros Cuadrados (05 Has con 1.287 m2), dentro de los siguientes linderos Norte: Terrenos ocupado por Luis Esteves y vía de penetración; Sur: Terrenos ocupados por Alba Sánchez y vía de penetración; Este: Terrenos ocupados por Floralba Sánchez; y Oeste: Terrenos ocupados por Luis Esteves. De igual manera, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, asimismo, su remisión al archivo judicial del estado Barinas, en la oportunidad correspondiente.
El Juez,

Abg. Luis Ernesto Díaz.
La Secretaria Temporal,

Abg. Arbelis Torres.

En la misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.) se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 810, y se expidió copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado. Se archivó el presente expediente en el libro correspondiente bajo el N° 1.656 constante de una pieza con veinte ocho (28) folios útiles. Conste.

La Secretaria Temporal,

Abg. Arbelis Torres.