Se pronuncia éste Tribunal con motivo del juicio de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, presentado ante éste Tribunal por el Ciudadano: JUAN SANCHEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-19.070.847, JUAN SANCHEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Parroquia Obispos, Municipio Obispos del estado Barinas y titular de la cédula de identidad Nº V-19.070.847, civilmente hábil, asistido en este acto por el abogado en ejercicio: ENZO ANTONIO MEJIAS DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.989.853, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 149.820 y de este domicilio. Correo electrónico mejiasenzo21.gmail.com; en contra de los Ciudadanos: HECTOR AMABLE MARQUINA BASTIDAS Y BEATRIZ EMILIA MARQUINA BASTIDAS, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédulas de identidad Nº V-11.192.728 y V-10.560.911, respectivamente, domiciliados en la parroquia obispos Municipio Obispos del Estado Barinas, civilmente hábiles, a los fines de que los mismos reconozcan el contenido y firma del documento privado, suscrito por ellos.-
En fecha 03/02/2.025, se admitió la presente demanda y ordena emplazar a los Ciudadanos: HECTOR AMABLE MARQUINA BASTIDAS Y BEATRIZ EMILIA MARQUINA BASTIDAS, antes identificados, para que comparezca por ante éste Tribunal al Tercer (3er) día de despacho siguientes a que conste en autos la respectiva citación, a los fines de que se lleve a cabo el acto de reconocimiento de contenido y firma del documento privado.-
En fecha 03/02/2.025, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de éste Tribunal en donde consigna en Dos (02) folios útiles Boletas de Citación debidamente firmada por los demandados en autos.-
En fecha 06/02/2.025, día y hora fijada por éste Tribunal para que tuviera lugar el Acto de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, comparecieron los ciudadanos: HECTOR AMABLE MARQUINA BASTIDAS Y BEATRIZ EMILIA MARQUINA BASTIDAS, plenamente identificados en autos; seguidamente el juez procedió a leerles íntegramente el contenido del documento a ser reconocido y una vez leído precedió a presentárselos para que reconocieran sus firmas y sus huellas, las cuales aparecen al pie del mismo.-
Para decidir éste Tribunal Observa, que en fecha 06/02/2.025, los ciudadanos: HECTOR AMABLE MARQUINA BASTIDAS Y BEATRIZ EMILIA MARQUINA BASTIDAS, ya identificados en autos, manifestaron ante el Juez lo siguiente: “Reconozco en todas y cada una de sus partes el contenido del Documento que se me acaba de leer y reconozco como mía la firma y las huellas que aparecen al pie del mismo por ser ésta la firma y las huellas que utilizo en todos los actos públicos, privados y particulares de mi vida”; En virtud de la exposición hecha por la parte demandada y el reconocimiento anterior hecho, éste Tribunal Declara Con Lugar la solicitud del Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, el cual consta de la venta de unas mejoras y bienhechurías, consistentes de: Una (01) casa de habitación familiar, construida de Paredes de bloque frisado, techo de acerolit, ventanas de hierro, puertas de madera la cual se encuentra distribuida de la siguiente manera: Tres (03) habitaciones, un (01) baño, Una (01) Sala-Cocina, comedor, así como un (01) corral de hierro con embarcadero, Un (01) galpón para criadero de cochinos, un (01) galpón para criadero de pollos, , cuatro (04) potreros cercados con alambre púas y estantillos de madera, cuatro (04) perforaciones, cercada perimetralmente con alambre de púa y estantillos de madera, construidas y fomentadas sobre un lote de terreno que integran antes la finca denominada Los Compadres o tampacal, hoy FINCA SANTA MARIA, constante de TREINTA Y TRES HECTAREAS CON CINCO MIL DOSCIENTOS QUINCE METROS (33 Has. 5.215mts2), dicho lote de terreno es parte de mayor extensión de los terrenos propiedad privada denominada Tampacal Centro, ubicada en el Sector Masparro Cambur de la Parroquia Obispos, Municipio Obispos del Estado Barinas, Las mencionadas bienhechurías se encuentran enmarcadas dentro de los siguientes linderos Particulares: Norte: Río Maparro; Sur: Río Maparro; Este: Río Masparro, y Oeste: Alberto Marín y Vía de acceso tal y como consta en el plano emitida por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Suscrito por los Ciudadanos: JUAN SANCHEZ CONTRERAS, HECTOR AMABLE MARQUINA BASTIDAS Y BEATRIZ EMILIA MARQUINA BASTIDAS. En consecuencia y por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA-VENTA antes mencionado, a los fines de que surta los efectos legales pertinentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1364 del Código Civil Venezolano Vigente, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.-
Se ordena la protocolización del presente Decreto por ante el Registro Público con funciones Notariales de los Municipios Obispos y Cruz Paredes del Estado Barinas. Y cumplida como fue en toda y cada una de sus partes la presente solicitud, se ordena entregar al solicitante, dejándose copia certificada de la misma en los archivos de éste Tribunal.-
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.-
Dada, Sellada, Firmada, y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Obispos, a los siete (07) día del mes de Febrero del año Dos Mil Veinticinco (2.025).- Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-

La Jueza Suplente.

Abg. Karla Daniela Méndez S
El Secretario Temporal.

Abg. Heber Jose Rosales H.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:37 AM. Conste.-

Rosales. Scrio.
KDMS/ist.-
Sol N°S-06-24.-
07FEBRERO2025.