REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Santa Rosa, 13 de Febrero de 2.025.-
Años 214° y 165°
EXP Nº – 130-2025.
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES.
DEMANDANTE: PABLO ARNOLDO CABEZA TOVAR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.203.868
DEMANDADO: HEIDYS ZULAY ROJAS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.814.537
ABOGADO ASISTENTE. TALAL ABOU HADDOUR HENAUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.008.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.652, correo electrónico: abouhtalal@gmail.com, teléfono: 0426-3798603.
MOTIVO. DIVORCIO JURISPRUDENCIAL sentencia Nº 1.070 de fecha 09-12-2016 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SENTENCIA DEFINITIVA (CON LUGAR)
Se inicia la presente SOLICITUD DE DIVORCIO 185 fundamentado bajo la interpretación en el artículo 185 del Código Civil de conformidad con la Sentencia Nº 1070 del 09/12/2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, procedente de la Distribución realizada en fecha 03-02-2025, por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y recibida en este juzgado en fecha 04-02-2025, presentada por el ciudadano PABLO ARNOLDO CABEZA TOVAR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.203.868, civilmente hábil, número de celular Whatsaap (0424-5258659), correo electrónico pablocabeza2030@gmail.com, domiciliado en el Sector El Cucharo, Parroquia Ciudad de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, quien contrajo Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Ciudad de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, en fecha 20 de Marzo del año 2015, según se evidencia en Acta de Matrimonio Nº 03, Folios Nº 03, año 2015, alega el solicitante que durante la unión matrimonial se procrearon tres (03) hijos actualmente mayores de edad el cual llevan por nombres: 1.- PAOLA CRISTIANY CABEZA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.372.625, fecha de nacimiento 17/11/1997, Acta de Nacimiento Nº 166, Año 1998, 2.- PAULINA ANDREINA CABEZA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.372.624, fecha de nacimiento 15/10/1998, Acta de Nacimiento Nº 232, Año 1999, y 3.- ASLY VALENTINA CABEZA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 31.517.429, fecha de nacimiento 30/06/2006, Acta de Nacimiento Nº 2313, Año 2006, alega también que durante su unión conyugal NO adquirieron Bienes que liquidar, debidamente asistido CON PODER APUD ACTA en este acto por el Abogado en ejercicio TALAL ABOU HADDOUR HENAUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.008.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.652, correo electrónico: abouhtalal@gmail.com, teléfono: 0426-3798603 con domicilio profesional en casa S/N, calle Nutrias, sector Pueblo Nuevo, Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas., mediante el cual solicita Divorcio por Desafecto del vinculo matrimonial que lo une a la ciudadana HEIDYS ZULAY ROJAS MARTINEZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.814.537, número de teléfono Whatsaap (+ 3212307782) quien reside actualmente en los Estados Unidos 8675 Horizon View Loop # 2805 Orlando, FL 32821, correo electrónico rojasheidys151@gmail.com . (folios 18-19-20)
En los (Folios 21-22-23) Consta diligencia de fecha 06-02-2025 presentada por el Alguacil del tribunal, mediante la cual consigna boleta de notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público Especializado en Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Civil e Instituciones familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas debidamente firmada por la Asistente Administrativo María Roa, el día 05-02-2025 en la sede de la Fiscalía Séptima del Municipio Barinas y su auto de admisión.
En fecha 07/02/2025 El Alguacil de este tribunal deja constancia que se notificó vía llamada telefónica al número de teléfono Whatsaap (+58 3212307782) a la ciudadana HEIDYS ZULAY ROJAS MARTINEZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.814.537, quien reside actualmente en los Estados Unidos 8675 Horizon View Loop # 2805 Orlando, FL 32821, correo electrónico rojasheidys151@gmail.com, en su condición de cónyuge Notificación debidamente cumplida en fecha 06/02/2025 siendo las 10:20 am, duración de la llamada 1:00 minuto. (Folios 24-25-26)
En fecha 10-02-2025 Visto el anterior Cómputo del lapso de días de despacho siguientes a que conste en autos la Notificación del Fiscal Séptimo del Ministerio Público Especializado en Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Civil e Instituciones familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y una vez realizada la revisión de las actas procesales, se evidencia que se cumplieron con las formalidades legales pautadas en el articulo 185 del Código Civil Venezolano vigente en concordancia con la Sentencia Nº 1070 del 09/12/2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia se declara el presente juicio en estado de sentencia. Cúmplase.-
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