REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Santa Rosa, 20 de Febrero de 2.025.-
Años 214° y 165°

Exp 131-2025
I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES.

SOLICITANTES. YELIMAR GONZALEZ ARIAS Y TONI ALEJANDRO SEQUEA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.559.799, Nº V-17.068.659 correo electrónico: tsequea1@gmail.com y teléfonos celulares provisto de la red social Whatsapp N° 0426-2046991 y 0424-9542287, domiciliados en el sector Vegón de Dolores Maporal carretera Nacional vía Cuidad de Nutrias de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas
ABOGADA ASISTENTE NEUDO FERMIN BARRIO ALTUVE venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-11.072.511, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 261.646, con domicilio procesal en la Población de Libertad Municipio Rojas del Estado Barinas, con número de teléfono: 0426-2793649, correo electrónico: neudobarrio@gmail.com.
MOTIVO DE LA CAUSA RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.(INMUEBLE)

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (CON LUGAR)
HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO

II
NARRATIVA.

Visto el anterior escrito de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, constante de dos (02) folio útil y seis (06) anexos, presentado por los ciudadanos: YELIMAR GONZALEZ ARIAS y TONY ALEJANDRO SEQUEA MORENO , venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.559.799 y Nº V-17.068.659, correo electrónico: tsequea1@gmail.com y teléfonos Whatsapp N° 0426-2046991 y 0424-9542287 domiciliados en el sector Vegón de Dolores Maporal carretera Nacional vía Ciudad de Nutrias de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas, asistidos con Poder Apud Acta en este acto por la abogado en ejercicio NEUDO FERMIN BARRIOS ALTUVE, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-11.072.511, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 261.646, con número de teléfono:0426-2793649, correo electrónico: neudobarrio@gmail.com y con domicilio procesal en la Población de Libertad Municipio Rojas del Estado Barinas, quienes manifestaron lo siguiente:

“…Es el caso ciudadana Juez que nosotros YELIMAR GONZALEZ ARIAS Y TONY ALEJANDRO SEQUEA NAVARRO, ut supra identificados suscribimos un contrato privado de compra venta de un Bien Inmueble en fecha treinta (30) de Enero del año 2025 con el propósito evitar inconvenientes jurídicos que se desprendan de la veracidad del acto jurídico celebrado en privado hemos decidido solicitar ante este digno tribunal el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA:

Yo, CARLOS ANTONIO MARTINEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, soltero, civil mente hábil, domiciliado en el sector Vegón de Dolores Maporal carretera nacional vía ciudad de Nutrias, Parroquia Dolores Municipio Rojas del Estado Barinas, titular de Cédula de Identidad Nº V- 8.193.263, por medio del presente instrumento declaro: que doy en venta pura, simple, perfecta, real e irrevocable a los ciudadanos. YELIMAR GONZALEZ ARIAS Y TONI ALEJANDRO SEQUEA NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.559.799 y Nº V-17.068.659, respectivamente, civilmente hábiles, domiciliados en el sector, Vegón de Dolores Maporal carretera nacional vía Ciudad de Nutrias de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas, Un (01) inmueble constituido por Una (01) casa para habitación familiar, con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc puertas y ventanas de hierro, Una (01) sala de recibo, Cuatro (04) Habitaciones, Una (01) Sala Cocina Comedor, Dos (02) Baños, fluido de luz eléctrica, servicios de aguas blancas y aguas servidas, enclavadas en una parcela de terreno con una superficie de SETENTA (70) METROS DE FRENTE POR CUARETA (40) METROS DE FONDO, enclavado en una parcela de terreno propiedad del Municipio Rojas del Estado Barinas, ubicado en el sector Vegón de Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas, enmarcado dentro de los Siguientes Linderos: particulares NORTE: Carretera Nacional. SUR: Familia Gómez Altuve. ESTE : Ramón Hernández y OESTE: Benito Escorcha; según documento de compra Autenticado por ante la Oficina de Registró Publico con Funciones Notariales del Municipio Rojas del Estado Barinas de fecha veintiuno (21) de Febrero del año 2013, bajo el Nº 93, Folios 299 al 301, Tomo I, de en sus respectivos Libros de Autenticación; cuyos datos y demás especificaciones constan suficientemente en el aludido documento. Ahora bien, luego de una rectificación de medidas y linderos realizada por un técnico, según se evidencia en plano catastral arrojo las siguientes medidas: MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS y los siguientes Linderos particulares, NORTE: Carretera Nacional Vía Ciudad de Nutrias, SUR: Camino Vecinal, ESTE: Estelvina Colmenares y OESTE: Acsa de Aponte, lo cual consta y se evidencia en Plano Topográfico que anexo al presente documento. El precio de esta venta lo hemos convenido por la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA BOLIVARES DIGITALES CON CERO CENTIMOS (Bs.344, 340.00) equivalentes a SEIS MIL DOLARES AMERICANOS CON CERO CENTAVOS, ($ 6.000.00) como moneda de cuenta a la tasa oficial del Banco Central de Venezuela de fecha 30-01-2025 a 57,39 Bs/$ conforme a lo establecido en la resolución Nº 19.05.01 del Banco Central de Venezuela, Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela ,Nº 41.264 extraordinario de fecha 02 de mayo del año 2019, en concordancia con el Articulo 9 del convenio cambiario Nº 1 publicado en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 6405 Extraordinario de fecha 07 de septiembre del año 2018 que establece la libre convertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional, los cuales declaro haber recibido en efectivo en este acto en pago de manos de los compradores en moneda de circulación legal a mi entera y cabal satisfacción, por lo que con el otorgamiento de la presente venta le trasmito a dichos compradores la propiedad, dominio y posesión del inmueble vendido, libre de gravamen conforme a derecho y obligándome al saneamiento de Ley en caso de evicción. Y Nosotros: YELIMAR GONZALEZ ARIAS Y TONI ALEJANDRO SEQUEA NAVARRO, antes identificados declaramos: Que aceptamos la venta que se nos hace en los términos antes expuestos en el presente documento. Así lo decimos y firmamos en Libertad de Barinas, Municipio Rojas del Estado Barinas a los treinta (30) días del mes de Enero del año 2025. Vendedor Carlos Martínez C.I: V- 8.193.263, Compradores Yelimar González Arias C.I. 23.559.799, Tony Sequea C.I. 17.068.659.

Fundamentó la presente solicitud en los artículos 2, 26, 27, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia 1.363, 1364 y 1474 del Código Civil y con el artículo 444 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, asimismo, anexaron con su escrito de solicitud: Instrumento Privado de fecha 30/01/2025 que riela al folio (04), Copias fotostáticas simple del documento privado autenticado de compra-venta de un (01) inmueble de fecha 21/02/2013 tal como consta desde el folio (05 al 08), copias fotostáticas de las cédulas de identidad de compradores y vendedores, tal como consta desde el folio (09 al 11) del presenté expediente, diligencia contentivo del Poder Apud Acta de fecha 03/02/2025 que riela al folio (12).
En auto de fecha, cinco (05) de Febrero del año Dos Mil Veinticinco (2.025), dictado por este Tribunal se admitió la presente solicitud por no ser contraria al orden público, y a las buenas costumbres o / a disposición expresa de la ley, y boleta de citación al demandado tal como consta en el folio (14 y 15) del presenté expediente.
En fecha 12 de Febrero de 2025, él alguacil del tribunal José Rubio, mediante diligencia consigna boleta de citación debidamente firmada y recibida por el ciudadano CARLOS AMTONIO MARTINEZ MORENO identificado en autos, como prueba de haber sido citado, consta a los folios dieciséis y diecisiete (16 y 17).
En fecha 17 de Febrero del 2025 Consta en autos de este expediente que habiendo sido citado al ciudadano CARLOS ANTONIO MARTINEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 8.193.263, domiciliado en el sector de Vegón de Dolores Maporal, carretera nacional vía Ciudad de Nutrias, Parroquia Dolores Municipio Rojas del Estado Barinas, para el acto de la contestación de la demanda dentro de los veinte (20) días de despacho siguiente a que constara en autos su citación, compareció debidamente asistido por el abogado Wilfredo Garrido, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo en Nº 62.645 a dar contestación a la demanda, el cual consigno con documento por escrito.