REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del
Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas

Barinas, diecisiete (17) de febrero de 2025.
214º y 165º

ASUNTO: EP21-R-2024-000063.
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS.

Vista la sentencia dictada en fecha 17 de febrero de 2025, con motivo del recurso ordinario de apelación ejercido contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 01 de noviembre de 2024, y por cuanto se observa que en el particular QUINTO: No se ordena notificar al demandante y/o su apoderado judicial, así como al demandado de la presente sentencia, por haberse dictado dentro de defirimiento; siendo lo correcto: QUINTO: No se ordena notificar al demandante y/o su apoderado judicial, así como al demandado de la presente sentencia, por haberse dictado dentro del lapso de ley.
En consecuencia téngase para todos los efectos procediendo a rectificar el error por referencia del artículo 252 del Código Adjetivo, el particular QUINTO así: No se ordena notificar al demandante y/o su apoderado judicial, así como al demandado de la presente sentencia, por haberse dictado dentro del lapso de ley. Agréguese copia certificada del presente auto en el copiador de sentencia.

LA JUEZ SUPERIOR PRIMERO;


Karleneth Juana Rodríguez Castilla.

EL SECRETARIO;

Juan Carlos Peterson.