REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 17 de julio de 2025.
215º y 166º
SOLICITANTE: Hernán Gutiérrez de Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros V.-25.075.096.
APODERADO JUDICIAL: Malquiades Antonio Ocaña y Juan Adolfo Silva, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.255.804 y V-3894.420, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 52.395 y 212.319.
MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA.
EXP. N° JA1B-5693-2019.
En fecha 08/10/2019, los abogados Malquiades Antonio Ocaña y Juan Adolfo Silva, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.255.804 y V-3894.420, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 52.395 y 212.319, apoderados de ciudadano Hernán Gutiérrez de Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros V.-25.075.096, según poder especial autenticado ante la Notaria Publica Primera de Barinas Estado Barinas, bajo el N° 10, Tomo 156, folios 52 hasta el 56, de fecha 19-09-2019, presentaron escrito en el que solicitan MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, en fecha 07/11/2019, el Tribunal decretó MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION AGRICOLA a favor del predio “FINCA AGROPECUARIA EL RECUERDO”.
Ahora bien, estima pertinente este Juzgador realizar las siguientes consideraciones: es de rango constitucional el deber del Estado de garantizar la seguridad alimentaria de la Nación, desarrollado el mismo en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es así que al Juez agrario le ha sido legalmente otorgada la potestad para garantizar el mantenimiento de la seguridad agroalimentaria de la Nación; en el caso bajo análisis, en cumplimiento de tal mandato, en fecha 19/09/2019, este Tribunal otorgó MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, en favor del predio “FINCA AGROPECUARIA EL RECUERDO”, ubicado en el Sector La Cardenera, Parroquia Ramón Ignacio Méndez, Municipio Barinas del Estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Doscientas Treinta y Tres Hectáreas con Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cuatro Metros Cuadrado (233 Has con 9384 M2).
Expuesto lo anterior se observa: en el caso específico bajo análisis, ha transcurrido hasta la presente fecha, un lapso superior a dos (02) años, de haberse vencido la referida Medida, y vencida como se encuentra, la parte interesada no presentó ante este Órgano Jurisdiccional demostración de actividad productiva para la extensión de la medida otorgada.
En sintonía con lo antes expuesto, resulta procedente levantar la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION AGRICOLA a favor del predio denominado “FINCA AGROPECUARIA EL RECUERDO”, ubicado en el Sector La Cardenera, Parroquia Ramón Ignacio Méndez, Municipio Barinas del Estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Doscientas Treinta y Tres Hectáreas con Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cuatro Metros Cuadrado (233 Has con 9384 M2).
En tal sentido, se insta a la parte interesada a solicitar ante el Instituto Nacional de Tierras, los trámites correspondientes a los Certificados establecidos en los artículos 41 y siguientes, y 49 y siguientes, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, según lo considere el mencionado Organismo. De igual manera, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, asimismo, su remisión al archivo judicial del estado Barinas, en la oportunidad correspondiente.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Díaz.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.
En la misma fecha, siendo las once Y treinta de la mañana (11:30 a.m.) se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 951, y se expidió copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado. Se archivó el presente expediente en el libro correspondiente bajo el N° 1689, constante de una pieza con ochenta y tres (83) folios útiles. Conste.
La Secretaria Temporal,
Abg. Arbelis Torres.
LED/AT/DA.-
EXP N° JA1B-5693-2019.
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