REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS; CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barrancas, 30 de Septiembre de 2025.
Años: 215° y 166º

SOLICITANTE: DILCIA DEL PILAR VALECILLO OLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.8.143.173. Domiciliada Municipio Barinas Estado Barinas, número de teléfono: 0242-8491868.
ABOGADA ASISTENTE: KAREN SABRINA RAMIREZ ROSALES, venezolana, mayor de edad, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 323.300, Defensora Pública Provisorio con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas, designada mediante Resolución Nº DDPG-2025-032 de fecha 04 de Febrero del 2025, Número de Teléfono: 0424-5724150, correo electrónico sabrinadefesoradp1cm@gmail.com.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-

SOLICITUD: N° 455-2025.-

SENTENCIA: Definitiva (Con Lugar).

ASUNTO:

DECRETO

En fecha treinta (30) de Septiembre de dos mil veinticinco (2025), se recibió por ante este Tribunal, encontrándose en, el Operativo del Tribunal Móvil, ubicado en la Avenida Bolívar, Sector 2 de Diciembre, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, de conformidad con lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, por la ciudadana: DILCIA DEL PILAR VALECILLO OLIVAR, identificada en el preámbulo del presente decreto; constante de 3 folios y 38 anexos.

Manifiesta (la) solicitante que en fecha: 10 de Abril del año 2025, falleció Ab-intestato, en la Unidad Quirúrgica del Centro; el ciudadano; RAMOM HERIBERTO VALECILLOS OLIVAR, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.555.513, por causa de hipoanemia leucemia, tal como se evidencia del Acta de Defunción Nº 371, Año 2025, de fecha 10 de Abril del año 2025, Barinas expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Corazón de Jesús, del Municipio Barinas, del Estado, que el prenombrado de-cujus era hermano de los ciudadanos: DILCIA DEL PILAR VALECILLO OLIVAR, GLADIS DEL CARMEN VALECILLO OLIVAR, ELIZABETH COROMOTO VALECILLO OLIVAR, REILANDER LEONARDO VALECILLO OLIVAR, YOSMARY JOSEFINA VALECILLO OLIVO, RICARDO ANTONIO VALECILLO OLIVO (FALLECIDO), quien fuera padre de: DAMILE JOSEFINA VALECILLO ESCOBAR, JUAN JOSÉ VALECILLOS OLIVAR (FALLECIDO), quien fuera padre de: JOSÉ LUIS VALECILLO OCHOA, FRANKLIN JOSÉ VALECILLO OCHOA, FANNY JAKELIN VALECILLO OCHOA, YANET ANDREINA VALECILLO OCHOA, LIGIA MARIBEL VALECILLOS OLIVAR (FALLECIDA), mayor (es) de edad, titular (es) de las cedula (s) de identidad Nro. (os) V-8.143.173, V-4.261.099, V-6.581.745, V-6.581.701, V-11.708.721, V-3.592.547 Y V-12.202.293, V-8.137.003, V-16.513.271, V-16.513.270, V-17.987.239, V-17.987.269, V-4.927.240, en su orden respectivo. En consecuencia, solicita (n) que se les declare como Únicos y Universales Herederos del causante: RAMON HERIBERTO VALECILLOS OLIVAR, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-10.555.513.-

En vista de los hechos anteriormente descritos y en el carácter que ostentan como Hermanos y Sobrinos por lo tanto sucesores de sus padres fallecidos, solicitan respetuosamente a este Tribunal a los fines de comprobar mediante testigos la filiación entre el de cujus y sus herederos; así como también demostrar que las personas: DILCIA DEL PILAR VALECILLO OLIVAR, GLADYS DEL CARME VALECILLO OLIVAR, ELIZABETH COROMOTO VALECILLO OLIVAR, REILANDER LEONARDO VALECILLO OLIVAR, YOSMARY JOSEFINA VALECILLO OLIVO, RICARDO ANTONIO VALECILLO OLIVO (FALLECIDO) quien fuera padre de DAMILE JOSEFINA VALECILLO ESCOBAR VENEZOLANO, JUAN JOSÉ VALECILLOS OLIVAR (FALLECIDO) quien fuera padre de JOSÉ LUIS VALECILLO OCHOA, FRANKLIN JOSÉ VALECILLOS OCHOA, FANNY JAKELIN VALECILLO OCHOA, YANET ANDREINA VALECILLO OCHOA, LIGIA MARIBEL VALECILLO OLIVAR (FALLECIDA), antes identificados son los Únicos Herederos.-

En esta misma fecha se recibió, Se le dio ENTRADA en el libro de Solicitudes, bajo el Nro: 455-2025, a la presente Solicitud Declaración de Únicos y Universales Herederos, se ordenó formar expediente y cumplidos como fueron los extremos de Ley, por consiguiente; Se ADMITIÓ de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil.-

Ahora bien, pasa este Tribunal a valorar las documentales aportadas por la solicitante, up supra identificada, al respecto consigna lo siguiente:

• Copia Certificada de Acta de Defunción: Del ciudadano: Ramón Heriberto Valecillos Olivar; Nº 371; Folio: 171; Tomo: 2; Año: 2025, en fecha 10-04-2025, emanada del Registro Civil del Hospital Dr. Luis Razettí; Parroquia Corazón de Jesús, Municipio Barinas, Estado Barinas.
• Copia del Certificado Rif. de Sucesión: N° J-507092801 de fecha: 11-06-2025, emanado del SENIAT.
• Certificado de Solvencia de Sucesiones: N° 184, de fecha: 17-07-2025; emanado del SENIAT.
• Constancia de Residencia Post Morten: De fecha: 06-08-2025, emanada del Consejo Comunal “Unidos Por Don Samuel”.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: De la ciudadana: Dilcia del Pilar Valecillo Olivar, Nº 19, Folio: 19; Tomo: I; Año: 1961, emanada del Registro Civil Parroquia Santa Inés del Estado Barinas (Hermana de Ramón Heriberto).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: De la ciudadana: Gladis del Carmen Valecillo Olivar; N° 536; Folio: 271; Tomo: III; Año: 1954, emanado del Registro Civil Municipio Barinas, Estado Barinas (Hermana de Ramón Heriberto).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: De la ciudadana: Elizabeth Coromoto Valecillo Olivar; N° 6; Año: 1966, emanada de la Prefectura del Municipio Santa Inés, Distrito Barinas, Estado Barinas (Hermana de Ramón Heriberto).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: Del ciudadano: Reilander Leonardo Valecillo Olivar, N° 19; Folio: 19; Tomo: I; Año: 1963, emanada del Registro Civil Parroquia Santa Inés del Estado Barinas (Hermano de Ramón Heriberto).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: De la ciudadana: Yosmary Josefina Valecillo Olivo, N° 161; Folio: 82; Tomo: I; Año: 1974, emanado del Registro Civil, Municipio Barinas Estado Barinas (Hermana de Ramón Heriberto).
• Copia Certificada del Acta de Defunción: Del ciudadano: Ricardo Antonio Valecillo Olivo, N° 10; Folio: 10; Tomo: I, Año: 1949, emanado del Registro Civil de la Parroquia Santa Ines, Estado Barinas (Hermano de Ramón Heriberto). - (Fallecido).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: de la ciudadana: Damile Josefina Valecillo Escobar N° 2273; Folio: 176; Año: 1973, emanado del Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas. (Hija de Ricardo Antonio Olivo, Fallecido).
• Copia Certificada del Acta de Defunción: Del ciudadano: Juan José Valecillo Olivar; N° 10; Folio: 10; Tomo: I; Año: 1956, emanado del Registro Civil Parroquia Santa Ines Estado Barinas (Hermano de Ramón Heriberto). – (Fallecido).
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento: Del ciudadano: José Luis Valecillo Ochoa; N° 12; Folio: 19; Tomo: I; Año: 1981, emanado del Registro Civil, Parroquia Santa Ines, Estado Barinas (Hijo de Juan José Valecillo, Fallecido).
• Copia Certificada del Acta de Defunción: Franklin José Valecillo Ochoa; N° 31, Folio 40-41- Tomo I, Año 1982, emanado Registro Civil Parroquia Santa Ines Estado Barinas. (Hijo de Juan José Valecillo, Fallecido).
• Copia certificada del Acta de Nacimiento: De la ciudadana: Fanny Jakelin Valecillo Ochoa; N°28, Folio 28- Tomo I, Año 1986, emanado Registro Civil Parroquia, Santa Ines Estado Barinas. (Hija de Juan José Valecillo, Fallecido).
• Copia certificada del Acta de Nacimiento: de la ciudadana: YANET ANDREINA VALECILLO OCHOA N°13, Folio 13- Tomo I, Año 1988, emanado del Registro Civil Parroquia Santa Ines del Estado Barinas. (Hija de Juan José Valecillo, Fallecido).
• Copia certificada del Acta de Defunción: De la ciudadana: LIGIA MARIBEL VALECILO OLIVAR N°9, Folio 9-Tomo Año 1958, Registro Civil Parroquia Santa Ines del Estado Barinas. (Hermana de Ramón Heriberto).
Se aprecian en todo su valor las documentales antes descritas, para comprobar sus contenidos como documentos públicos, conforme lo dispuesto en los Artículos: 12, 429, 507, 509 y 510 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos: 113, 1.357, 1.359, 1.360 y 1.384 del Código Civil, de las cuales se puede evidenciar, el fallecimiento del causante, en fecha cierta; así como verificar la filiación existente entre los ciudadanos: Dilcia Del Pilar Valecillo Olivar, Gladis Del Carmen Valecillo Olivar, Elizabeth Coromoto Valecillo Olivar, Reilander Leonardo Valecillo Olivar, Yosmary Josefina Valecillo Olivo, Ricardo Antonio Valecillo Olivo (FALLECIDO) Quien fuera padre de; Damile Josefina Valecillo Escobar, Juan José Valecillos Olivar, (FALLECIDO) Quien fuera padre de José Luis Valecillo Ochoa, Franklin José Valecillo Ochoa, Fanny Jakelin Valecillo Ochoa, Yanet Andreina Valecillo Ochoa y Ligia Maribel Valecillo Olivar (FALLECIDA), antes identificados son los Únicos Herederos, en su carácter de Hermanos y Sobrinos del causante RAMON HERIBERTO VALECILLOS OLIVAR, supra identificados, por lo tanto, queda comprobada sus cualidades como Únicos y Universales Herederos. Y ASÍ SE DECIDE.-

• Copias simples de las cedulas de identidad de los Solicitantes; dichos documentos merecen fe de los hechos que contienen, por ser el documento idóneo de identificación de las personas naturales, conforme con lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación. Con lo que se demuestra la identidad de los peticionarios. Y ASÍ SE DECIDE.-

Por cuanto no ha habido oposición, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS; CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, encontrándose en el Operativo del Tribunal Móvil, ubicado en la Avenida Bolívar, Sector 2 de Diciembre, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo: 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: Dilcia del Pilar Valecillo Olivar, Gladis Del Carmen Valecillo Olivar, Elizabeth Coromoto Valecillo Olivar, Reilander Leonardo Valecillo Olivar, Yosmary Josefina Valecillo Olivo, Ricardo Antonio Valecillo Olivo, (FALLECIDO) Quien fuera padre de Damile Josefina Valecillo Escobar, Juan José Valecillos Olivar (FALLECIDO) Quien fuera padre de José Luis Valecillo Ochoa, Franklin José Valecillo Ochoa, Fanny Jakelin Valecillo Ochoa, Yanet Andreina Valecillo Ochoa y Ligia Maribel Valecillo Olivar, (FALLECIDA), venezolano (s), mayor (es) de edad, este domicilio, civilmente hábiles, titular (es) de la cédula de identidad V-8.143.173, V-4.261.099, V-6.581.745, V-6.581.701, V-11.708.721, V-3.592.547, V-12.202.293, V-8.137.003, V-16.513.271, V-16.513.270, V-17.987.239, V-17.987.269 y V-4.927.240, en su orden, en su carácter de Hermanos y Sobrinos del de-cujus: Ramón Heriberto Valecillos Olivar, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.555.513, su condición de Únicos y Universales Herederos; Vocación Hereditaria, que le deviene conforme al artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas a los solicitantes. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente decreto; Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia; Se acuerda expedir copia certificada del presente decreto y el auto de cumplida a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-

Dada, firmada y sellada en el Operativo del Tribunal Móvil, ubicado en la Avenida Bolívar, Sector 2 de Diciembre, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos; Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial Del Estado Barinas. En Barrancas, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Veinticinco (2025), Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.-

La Juez,
Abg. Rina Nataly Muñoz Marcano. El Secretario,

Abg. Juan Vicente Montes Paredes
Sol Nº 455-2025
RNMM/eemq