D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen procesal Transitorio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, con ocasión al juicio de CALIFICACIÓN DE DESPIDO REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS intentado por la ciudadano, JOSE GREGORIO RABAGO, ya identificado en contra de PALMAVEN S.A. anteriormente identificada de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica se ordena notificar a la Procuradora General de la Republica de la presente decisión.....