PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales interpuesto por el ciudadano JOSE LUIS DIAZ en contra de la Empresa Demandada SERVICIOS Y CONSTRUCCION, SERVIMAR C.A
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a el ciudadano JOSE LUIS DIAZ por la cantidad TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES (Bs. 348.331,oo) para el trabajador demandante arrojados de los cálculos efectuados y revisados por esta juzgadora, contra demandada SERVICIOS Y CONSTRUCCION, SERVIMAR, C.A
TERC.....