Este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda:
PRIMERO: Se decreta como flagrante la aprehensión del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, contemplado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 ordinales 1, 2, y 10 de la Ley Sobre el Hurto y/o Robo de vehículos en relación con el primer aparte del artículo 80 del Código Penal Venezolano Vigente y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en el articulo 277 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano Víctor Emmanuel Benavente y el Estado Venezolano, por cuanto se observa de una revisión de las actas procesales que solo consta el Acta Policial N° 0178 basada en la denuncia del ciudadano Víctor Emmanuel Benavente S.....