DISPOSITIVA
Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este Juzgado Primero de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a él Acusado Ciudadano FELIX ENRIQUE CELIS HERNANDEZ, Venezolano, Soltero, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.588.999, florista, hijo de Felix Celis y Doris Hernandez, residenciado en el Callejón el Porvenir, Avenida 34, casa sin número, por el callejón ciego que esta asfaltado a tres casas, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas, Estado Zulia, de conformidad con el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRESIDIO FELIX ENRIQUE CELIS HERNANDEZ por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, Previsto en el Artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en pe.....