este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por PAGO DE LO INDEBIDO intentó la ciudadana GRICEL ANTONIETA CASTILLO ÁLVAREZ contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA OASIS COUNTRY S.A., plenamente identificadas en actas.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA OASIS COUNTRY S.A. a pagar a la ciudadana GRICEL ANTONIETA CASTILLO ÁLVAREZ la cantidad de VEINTINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 29.149,43), por concepto de la restitución de lo indebidamente pagado por ésta en virtud de la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) sobre el precio pactado sobre el bien objeto de la opción a compraventa celebrada entre las partes el día 15-05-2006, constituido por un inmueble signado bajo e.....