CON LUGAR la SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS incoada por la ciudadana Leudys Indira Pérez Rodríguez en contra de la empresa Alimentos Z L, C.A., los cuales deberán calcularse desde la fecha de la contestación de la misma, según sentencia No. 459, de fecha 10 de julio de 2003 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, hasta la efectiva reincorporación de la trabajadora a su sitio de trabajo, en base al salario devengado al momento de producirse el despido, es decir, CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 134.000,00) mensuales, excluyéndose los periodos de vacaciones y paros tribunalicios, el lapso de suspensión de las actividades con ocasión de entrada en vigencia de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo así como también el tiempo en que la causa estuvo paralizada por falta de impulso procesal por parte del accionante los cuales se calcularan mediante experticia complementaria del fallo, por un solo experto designado por el tribunal.
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