Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental concedió al ciudadano Douglas Jesús Sierra Dorante un lapso de tres (3) días de despacho, constados a partir del día de despacho siguiente a la constancia en actas de su notificación, vencidos como sean los dos (2) días continuos otorgados como término de distancia, a fin de que subsane las inconsistencias constatados en el escrito de la demanda.