En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: YEISO ANTONIO CERVANTES CAÑAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.358.811 en contra de la Empresa demandada: "AGROFERRETERIA SAN MIGUEL" inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha: 25 de Mayo del Año 2006, anotado bajo el Nº 113, Tomo: 3-B. Representada Legalmente por el Ciudadano: CESAR JESUS MORA RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.281.066 SEGUNDO: se condena a las partes demandadas antes identificadas a pagar a la demandante la cantidad de: CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y UN BOLI.....