En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el ciudadano ALFREDO JOSÉ CARDOZO RODRIGUEZ, en su condición de imputado en la presente causa, quien para el momento de la interposición de dicho recurso se encuentra asistido por el Abogado HEBERTO BRITO ECHETO, en contra de la decisión No. 297-2011, dictada en fecha 25 de Abril de 2011, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual entre otras cosas se decretó Medida de Privación Judicial Privativa de Libertad en contra del recurrente ALFREDO JOSÉ CARDOZO RODRIGUEZ de conformidad con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 251 y 252 eiusdem por la presunta .....