Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre el cincuenta por ciento (50%) del salario, prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorro y bono vacacional o cualquier otra cantidad que le pudiera corresponder al ciudadano LEONIDES ALBERTO PORTILLO DUARTE, como docente en las siguientes instituciones: Universidad Rafael Belloso Chapín (URBE), Universidad Privada Doctor José Gregorio Hernández y U.E.P. Liceo los Robles.