DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento formulado por la ciudadana MARÍA YSABEL ARGUELLES GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.571.637, asistida por el profesional del derecho HIDALGO DE JESÚS GARCÍA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 171.824.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los documentos solicitados, previa certificación en actas de los mismos.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concord.....