SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, CONFORME EL ARTíCULO 457
LOPNNA. No obstante para proveer sobre el curso de ley observa el tribunal que en fecha
18/10/2010, se presento causa de demanda de OBLlGACION DE MANUTENCiÓN
suscrita por la ciudadana DAXI YOSEL YS PEROZA PEREZ, venezolana, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad N° V-18.838.402, madre de la niña SE OMITE de 06 años de edad, asistida por la Defensora Público abogado
JUMARY BRICEÑO, incoada contra el padre ciudadano FABRICIO ALFREDO MACARRI
.» PALENCIA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-19.279.292, a la cual de le dio el
curso de ley bajo nomenclatura W MD11-V2010-000221, por el procedimiento
establecido desde el artículo 450 LOPNNA, en razón de lo cual según las disposiciones
de los artículos 51,52 Y 80 del Código de Procedimiento Civil, por ser causas idénticas en
motivo y partes,se acuerda acumular por conexidad la presente causa más reciente
signada con el W MD11-V-2010-000233, a la ca.....