en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS, del difunto ARTURO RAMÓN HERNÁNDEZ SUPERLANO, C.I W V-
11.186.124, a su esposa AMALlA MARíA TORO e hijas se omiten, de 07 y 03 años de edad,
respectivamente DEJANDOSE A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes. Anótese su salida en los libros
respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera
Instancia de Sustanciación y Mediación Abog. Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria. En la
misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: la secretara. QUIEN
SUSCRIBE la Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su
original, Cursante al folio __ del Expediente MD11-J-2011-001446, certificación que se
hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.
Exp. N° MD11-J-2.....