Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
1.- COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano PAOLO CAPPELLI DIGIOVANNI, titular de la cédula de identidad No. E-951.269, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil PROYECTO Y ARQUITECTURA CAP C.A.", asistido por la profesional del derecho ILIANA CONTRERAS, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 21.342, contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa, de fecha 09 de agosto de 2010, dictada por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA) Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
2.- SE ADMITE cuanto ha lugar .....