DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara:
Primero: Inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por la ciudadana Irisnaya de la Trinidad Araque Ordóñez, titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.989.000, debidamente asistida por el abogado Javier Martín Boscan Camacho, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 76.939.
Segundo: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas al día primero (01) del mes de noviembre de 2017. Año: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Jueza.....